Equipaje facturado en avión
Viajar
¿Es ilegal el cobro de las aerolíneas por llevar equipaje de mano?
No es raro que las aerolíneas cobren por el equipaje de mano pero, ¿qué dice el Parlamento Europeo al respecto?
Cobrar o no por el equipaje de mano: esta es la batalla a la que se enfrenta el Parlamento Europeo. El pasado 6 de junio, los 27 países de la Unión Europea se sometieron a una votación para reformar el reglamento sobre los derechos de los pasajeros aéreos y autorizar el cobro del equipaje de mano. A la hora de la votación, solo España, Alemania, Portugal y Eslovenia votaron en contra, mientras que Austria y Letonia se abstuvieron.
El martes 24, la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo se reunió y votó en contra de legalizar el cobro por el equipaje de mano en cabina. El resultado fue de 38 votos a favor y 42 en contra.
A día de hoy, está en curso el proceso de codecisión entre Parlamento y Consejo, que fijará las norma definitiva en los próximos meses.
Mientras tanto, El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha suspendido cautelarmente las sanciones a cinco aerolíneas de bajo coste por realizar prácticas abusivas en este ámbito. Lo que permite a las aerolíneas continuar cobrando mientras dure el procedimiento judicial.
La cifra total de las multas ascendió a 179 millones de euros y afectó a las siguientes compañías:
Los motivos para estas sanciones fueron: cobro por equipaje de mano, asignación de asientos separados a personas menores o dependientes salvo pago adicional, imposibilidad de realizar pagos en efectivo, cobros excesivos por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto, omisiones engañosas de la información y falta de claridad en los precios publicados en sus páginas web y las de terceros.
Dentro de la propuesta de reforma, además del cobro por el equipaje de mano que no quepa debajo del asiento, también se incluye la novedad de que las aerolíneas solo estarán obligadas a ofrecer un asiento contiguo gratuito a personas dependientes en el momento de la facturación y únicamente si hay disponibilidad. Esto significa que, para garantizar que esa persona viaje con un acompañante, será necesario abonar el importe correspondiente.
Existe otra parte del acuerdo con la que España está en contra: la modificación de los tiempos de espera mínimos para que un pasajero tenga derecho a compensación en caso de retraso del vuelo. Hasta ahora, el tiempo mínimo era de tres horas; con la reforma, pasará a ser de entre cuatro y seis horas, dependiendo de la duración del trayecto.
El reglamento anteriormente mencionado respalda otras dos prácticas controvertidas:
El ministro Bustinduy señaló en su intervención: «Es inaceptable que cualquier país o institución de la UE abandone su misión, su obligación de defender y proteger los derechos de los consumidores para ponerse del lado de los intereses de las compañías aéreas».
Por su parte, la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha lamentado que la Comisión de Transportes y Turismo del Parlamento Europeo quiera limitar la libertad de los pasajeros a la hora de elegir los servicios aéreos que necesitan, generando confusión sobre la política de equipaje a seguir.