La comisión permanente del Consejo de Estado celebra los 500 años de la instituciónConsejo de Estado

El Consejo de Estado cumple 500 años: así nació con Carlos I el órgano consultivo más antiguo de Europa

La idea de Carlos I de que, ante la complejidad de un Estado, hacía falta una institución capaz de levantar la mirada y contemplar el conjunto, sigue siendo hoy la razón de ser del Consejo de Estado

El próximo 12 de septiembre, la Lotería Nacional dedica su sorteo ordinario a una efeméride especial: los 500 años del Consejo de Estado, el órgano consultivo más antiguo de Europa.

Hay que remontarse al siglo XVI para encontrar el origen de una institución que, cinco siglos después, continúa asesorando al Gobierno. Fue Carlos I, nieto de los Reyes Católicos, quien impulsó en 1526 la creación del Consejo de Estado.

Una mirada para toda la Monarquía

Pero ¿por qué hacía falta un nuevo Consejo si la Monarquía ya contaba con varios órganos consultivos? La respuesta está en la propia magnitud de los dominios de Carlos I. Los Consejos de Castilla, Aragón, Indias, Hacienda o las Órdenes tenían competencias territoriales o temáticas muy concretas. Faltaba alguien capaz de mirar el conjunto.

Y esa era precisamente la misión del nuevo órgano: «Se necesitaba un órgano que, con visión de conjunto, se ocupase de los asuntos que afectaban a toda la Monarquía, especialmente en materia de política exterior», explica la página oficial del Consejo de Estado.

Carlos I necesitaba esa perspectiva global para gobernar un territorio «donde no se ponía el sol»: América, Europa, el norte de África y los territorios vinculados al Sacro Imperio Romano Germánico formaban parte de un complejo tablero político que exigía una mirada de conjunto y el Consejo de Estado nació para proporcionársela.

Durante el reinado de Carlos I, el Consejo se convirtió en el órgano central de todo el sistema político imperial. Estaba integrado principalmente por nobles y prelados de alto rango y abordaba asuntos de muy diversa naturaleza, tal y como recoge la página oficial. Pero tenía una característica que lo diferenciaba de los demás Consejos: su función era consultiva. Asesoraba al monarca, pero no gobernaba en su lugar.

Los años de esplendor y declive

Aunque esa naturaleza consultiva ha llegado hasta nuestros días, a lo largo de los siglos, su peso político fue cambiando al ritmo de las transformaciones de la Monarquía.

Con Felipe III y Felipe IV, el Consejo perdió protagonismo ante el creciente poder de los validos, que concentraron buena parte de las decisiones de gobierno. Uno de ellos, el duque de Uceda, dejó además una huella física en la historia de la institución: mandó construir la actual sede del Consejo de Estado, el palacio de Uceda como residencia propia, aunque nunca llegó a vivir en él, según detalla el portal de este órgano consultivo.

Edificio del Consejo de Estado en una fotografía de 1930

El Consejo recuperaría parte de su influencia tras la muerte de Felipe IV. Su sucesor, Carlos II, era todavía menor de edad y la regencia quedó en manos de su madre, la Reina Mariana de Austria, que moriría precisamente en el edificio que hoy es sede del Consejo de Estado.

Del Consejo del rey al Estado constitucional

Pero el cambio de dinastía a comienzos del siglo XVIII volvería a alterar el escenario. Con los Borbones llegaron también los secretarios de Estado, los futuros ministros de la Corona, y con ellos una nueva forma de ejercer el poder. Los antiguos Consejos fueron perdiendo peso frente a estos nuevos órganos ejecutivos.

Este proceso culminó durante el reinado de Carlos III. A instancias del conde de Floridablanca se creó la Junta Suprema de Estado, considerada el «antecedente directo del actual Consejo de Ministros», indica el portal del Consejo de Estado. El Gobierno empezaba a adquirir una estructura cada vez más próxima a la que conocemos hoy.

Sin embargo, el Consejo de Estado no desapareció. Al contrario: estuvo presente desde los primeros pasos de la España constitucional. La Constitución de 1812 le dedicó un capítulo específico y lo incorporó al nuevo sistema institucional. Y, en 1834, desaparecieron los antiguos Consejos de Castilla, Indias, Hacienda y Guerra. Así, el Consejo de Estado iniciaba una nueva etapa, pero ya dentro del Estado constitucional.

Una doble función: consultar y juzgar

En 1845 llegó otra transformación decisiva. El Consejo de Estado, denominado entonces Consejo Real, asumió una función de carácter administrativo. Es decir, no solo aconsejaba sobre cómo debía actuar la Administración, sino que, en determinados casos, también podía resolver las controversias que surgían entre esta y los particulares.

Así, junto a las secciones encargadas de asesorar a los ministerios existía una Sección de lo Contencioso que funcionaba como un auténtico tribunal, con audiencia pública de las partes.

En 1858, bajo el Gobierno de O’Donnell, recuperó la denominación de Consejo de Estado y comenzó la llamada «edad de oro» de la institución, tanto por la importancia de las materias sometidas a su consulta como por la doctrina que desarrolló en materia administrativa. Dos años después, en 1860, se aprobó su primera ley orgánica, que lo definía como el «Cuerpo Supremo consultivo del Gobierno en los asuntos de gobernación y de administración y en los contencioso-administrativos de la Península y Ultramar».

Consejo de Estado

Pero también en este terreno la institución acabaría evolucionando. La función jurisdiccional fue separándose progresivamente del Consejo. En 1888, la Ley Santamaría de Paredes atribuyó lo contencioso-administrativo a un Tribunal especial, aunque todavía formalmente encuadrado en el Consejo. Finalmente, en 1904, esa jurisdicción pasó al Tribunal Supremo.

El Consejo de Estado quedó entonces dedicado definitivamente a aquello para lo que Carlos I lo había concebido casi cuatro siglos antes: asesorar y ofrecer una visión jurídica y global de los asuntos de Estado.

La Constitución de 1978

La última gran transformación llegaría con la democracia. Tras el golpe de Estado que dio paso a tres años de Guerra Civil y, después, a cuatro décadas de dictadura, la Constitución de 1978 volvió a situar al Consejo de Estado en el corazón del sistema institucional español.

Su artículo 107 lo define como «el supremo órgano consultivo del Gobierno» y remite a una ley orgánica la regulación de su composición y competencias. Esa norma llegó el 22 de abril de 1980, con la aprobación de la Ley Orgánica 3/1980, que constituye el marco jurídico fundamental de la institución en la actualidad.

Cinco siglos mirando el conjunto

Cinco siglos después de su creación, el Consejo de Estado ha visto cambiar monarquías, dinastías, constituciones y regímenes políticos. Ha asesorado a emperadores y reyes, ha ejercido funciones jurisdiccionales y ha atravesado épocas de mayor y menor influencia.

Pero hay algo que permanece: aquella idea de Carlos I de que, ante la complejidad de un Estado, hacía falta una institución capaz de levantar la mirada y contemplar el conjunto. Esa visión global, nacida en 1526, sigue siendo hoy la razón de ser del Consejo de Estado.