Furgoneta en ZBE de Madrid

Furgoneta en la ZBE de Madrid

¿Pueden circular por Madrid los repartidores con una furgoneta sin etiqueta?

La multa por circular indebidamente por la zona de bajas emisiones es de 200 euros

La puesta en funcionamiento de la Zona de Bajas Emisiones en Madrid está trayendo de cabeza a conductores particulares y profesionales. En este caso el colectivo de los repartidores con furgonetas y pequeños camiones andan desconcertados pues a día de hoy saben más bien poco o nada acerca de las limitaciones a la circulación de sus vehículos.

En excepción

Bueno en estos momentos y gracias a una excepción que ha determinado el propio Ayuntamiento de la capital, pueden seguir circulando sin problemas. Pero se trata de una excepción absolutamente puntual y que no saben muy bien hasta cuando puede estar vigente.
Pese a que la legislación entró en vigor el pasado 1 de enero. No ha sido hasta el 1 de mayo cuando se ha empezado a multar a todos los vehículos sin etiqueta que entraban en Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Siempre eso sí que su propietario no estuviera empadronado en Madrid y que el coche no pague religiosamente el impuesto de circulación de la capital, pues en este último caso sí está permitida su circulación.
Las furgonetas pueden circular en Madrid por el momento

Las furgonetas sin etiqueta pueden circular en Madrid por el momento

La prohibición afecta a todo lo comprendido dentro del anillo de la M-30 de la Capital. No incluyendo esta vía, o sea que los coches sin etiqueta sí pueden circular por ella por el momento.
De cara al 1 de enero de 2023 los coches sin etiqueta también tendrán prohibido entrar a la M-30.
Pero no será hasta 1 de enero de 2024 cuando quede prohibida la circulación de cualquier vehículo sin etiqueta, también conocidos como etiqueta A, por todas las vías públicas del Municipio de Madrid, hablamos siempre de los coches no empadronados en la Capital.

Adiós a los coches sin etiqueta

El 1 de enero de 2025 se completa el proyecto ZBE, momento en que estará prohibido que cualquier coche sin etiqueta circule por las vías y calles de Madrid.
Es precisamente por lógica en este momento cuando también se prohibirá la entrada a todo tipo de furgonetas, camiones e incluso motocicletas que carezcan de etiqueta.
Se mantienen las Zonas de Bajas Emisiones de Distrito Centro y Plaza Elíptica como de especial protección, donde se prohíbe la circulación de todos los coches sin etiqueta mientras que los C y B deben acreditar que han ido a un parking habilitado. Siempre con las excepciones de los residentes. Los vehículos industriales y furgonetas pueden acceder entre las 07 y las 13 horas.
Desde la última modificación de la Ley de Tráfico que entró en vigor el 21 de marzo, circular por las ciudades con un vehículo que no está habilitado por etiqueta está multado con 200 euros, considerándose infracción grave, aunque no incluye puntos.
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