Los agentes ya están al tanto respecto al uso de este dispositivo
Práctico
La Guardia Civil de Tráfico comienza a multar por la luz V16
La confusión entre los conductores respecto a este dispositivo es evidente, a día de hoy se calcula que menos de un 20 % tienen ya uno en la guantera
La llegada de la luz V16 a los automóviles se está convirtiendo en un verdadero dolor de cabeza. Este dispositivo conectado con la DGT será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026, aunque ya es posible tener problemas en carretera si nos decidimos a usarla.
Hace ya dos años que la DGT permite a los automovilistas su uso en sustitución de los triángulos de emergencia para evitar el riesgo de bajar del coche a colocarlos sobre el asfalto. La única salvedad es que solo es válido su uso en las vías de alta ocupación, es decir autopistas y autovías.
Válido con excepciones
Esto significa que si sufrimos un problema en una autovía o autopista podemos utilizar uno de estos dispositivos en lugar de los triángulos, aunque no vale cualquier luz V16.
Es posible encontrar luces V16 ni homologadas ni conectadas
Actualmente hay cientos de modelos de luz V16 en el mercado que podríamos dividir en tres tipos. La peores no están ni homologadas, se trata de luces V16 de dudosa procedencia y que al no estar homologadas pueden sancionarnos si las usamos.
Multa que te multa
Las segundas son las homologadas, es cierto que a día de hoy están homologadas por los organismos pertinentes y son válidas, pero dejarán de ser válidas el 1 de enero de 2026 cuando la V16 sea obligatoria.
Entonces la única luz válida será la V16 homologada y conectada con la DGT, es decir que tenga una línea telefónica que la mantenga en contacto con la DGT cuando la encendemos, para comunicar la incidencia.
Homologadas y conectadas, las únicas luces V16 válidas
Esto significa que a día de hoy no pueden multarnos por no llevarla en la guantera, pero sí pueden sancionarnos por usar un dispositivo del primer tipo, que no esté homologado, o por un motivo menos conocido, que es hacer uso de la misma en carreteras que no sean autopistas ni autovías.
En función de la situación y de la valoración del agente podríamos estar ante una infracción leve sancionable con 100 euros o una grave que puede costarnos 200 euros.