Cartas al director
Tribunales supremo y constitucional
Si hacemos una lectura profunda y reposada de algunos artículos de la Constitución española, nos daríamos cuenta de que varios de ellos entran en confusión y enfrentamiento. Me refiero en este caso a los artículos que aluden al Tribunal Supremo y al Tribunal Constitucional.
Las funciones que señala la Constitución en su artículo 123.1 dice: «El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales». ¿Quién determina si es materia de garantías constitucionales?
En el artículo 161.1, podemos observar, como se le da al Tribunal Constitucional total potestad, sobre todos aquellos asuntos que tengan que ver con la Constitución (¿). –¿Qué asuntos no tienen que ver con la Constitución?
La forma de como son nombrados los dos tribunales son completamente diferentes. Mientras el Tribunal Supremo de 20 magistrados, son designados por el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, de 12 magistrados son nombrados, cuatro por el Congreso de los Diputados, cuatro por el Senado, dos por el Consejo General del Poder Judicial, y dos por el gobierno.
Como se puede apreciar, el Tribunal Constitucional está totalmente politizado, siendo en la actualidad su composición de 7 magistrados llamados «progresistas» (de izquierdas y afines) y 5 magistrados tachados de «conservadores». Al mando de estos doce magistrados, está el socialista de toda la vida don Cándido Conde-Pumpido, que ya fue fiscal general del Estado (fiscal de Zapatero) de 2004 a 2011. El responsable de su designación como magistrado del Constitucional por el senado en 2017, fue el PP, que con casi una mayoría 3/5 (150 senadores) repartió con el PSOE (60 senadores) el nombramiento de dos magistrados por cada uno. ¡Que metedura de pata señores del PP!