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Casa decorada para la NavidadGetty Images

La fiebre de las luces navideñas llega a los balcones... y podría traerte problemas legales

Las terrazas suelen ser de uso privativo, pero continúan siendo elementos comunes de los vecinos

Luces de diferentes colores, Papás Noel intentando colarse por las ventanas de las casas, copos de nieve, guirnaldas brillantes y llamativas... la Navidad está a la vuelta de la esquina y, con ella, las múltiples decoraciones en los exteriores de los hogares. Con esta llegada es probable que vuelva el dilema de todos los años: ¿se puede poner toda la decoración que los propietarios desean? ¿Pueden los vecinos denunciarles?

Según anuncia Legálitas en su web, antes de colocar cualquier cosa en la fachada o en el balcón hay que saber los «límites y consecuencias» de la decoración. Esto se recoge en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), la cual establece, entre otras cosas, que los vecinos deben ponerse de acuerdo en la junta de vecinos para abordar cuestiones clave como la colocación de los adornos navideños.

El punto clave está en entender la naturaleza de ciertos espacios, afirman desde Legálitas. Con esto, apuntan que las terrazas suelen ser de uso privativo, pero continúan siendo elementos comunes de los vecinos, por lo que el propietario no puede alterar su diseño ni hacer cambios no aprobados ni permitidos. Por ello, y con la ley en mano, un vecino podría exigir en una junta la retirada de estos artículos, ya que, considerando el artículo 7.1 de esta norma, podría estar perjudicando «los derechos de otro propietario».

Esta misma lógica se debería aplicar a la instalación de las luces o la decoración de Navidad, puesto que cableado u otros objetos podrían perjudicar o dañar algo del edificio y ser insalubres o peligrosas. También por la luz, ya que una excesiva iluminación podría ser molesta para los vecinos. Y es que esta norma establece «la obligación de cada propietario» de respetar los elementos comunes, ya sean públicos o privados, para salvaguardar la salud de todos.

La LPH no menciona explícitamente artículos navideños, pero si esta colocación invade la acera, la vía pública o el mobiliario urbano sin permiso puede resultar «sancionable por el Ayuntamiento», informa Legálitas. Por ello, lo primero que se debe hacer, revelan los expertos, es solicitar autorización y abonar «una tasa para cualquier tipo de utilización privativa» o aprovechamiento de la vía pública o sus elementos. Sin embargo, en esta época del año, y debido a que es algo especial, la legislatura es más laxa. Aun así, es recomendable revisar la normativa de cada Consistorio.

Actualmente, la vigente Ley de Propiedad Horizontal solo permite a las comunidades de propietarios medidas disuasorias o sancionadoras frente a la morosidad, pero «no gozan de potestad sancionadora como la tienen los jueces o la Administración Pública», concluye Legálitas.