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La ministra de Igualdad, Ana RedondoEuropa Press

El Gobierno aprueba la tramitación urgente del decreto que reduce la información sobre alternativas al aborto

Las posibles ayudas públicas disponibles para las mujeres que continúan con su embarazo no formarán parte de la información que necesariamente deberá ofrecerse antes de la intervención

El Consejo de Ministros ha autorizado este martes la tramitación administrativa urgente del proyecto de real decreto que regulará la información previa al consentimiento para el aborto y el funcionamiento del comité clínico que interviene en los abortos por causas médicas.

El texto, impulsado por el Ministerio de Igualdad que dirige Ana Redondo, desarrolla las novedades introducidas por la Ley Orgánica 1/2023 y establece una distinción entre la información que deberá recibir obligatoriamente toda mujer que vaya a someterse a un aborto y aquella que solo se facilitará si la solicita expresamente.

Entre la información obligatoria se incluyen la naturaleza de la intervención, los diferentes métodos disponibles, los centros sanitarios públicos y privados acreditados, los trámites necesarios y los derechos de las mujeres durante el proceso asistencial. El proyecto incorpora además una referencia específica a los métodos quirúrgico y farmacológico, que hasta ahora aparecían recogidos de forma genérica.

Sin embargo, cuestiones como la anticoncepción, el llamado «sexo seguro», el asesoramiento antes y después del aborto, las ayudas públicas a mujeres embarazadas o los derechos laborales pasarán a formar parte de la información voluntaria. Esto significa que, según el Ministerio, solo deberán facilitarse cuando la mujer embarazada los solicite. La recepción de esta información tampoco podrá convertirse en un requisito para acceder a la prestación.

Ayudas y alternativas, fuera de la información obligatoria

El cambio supone que las posibles ayudas públicas disponibles para las mujeres que continúan con su embarazo no formarán parte de la información que necesariamente deberá ofrecerse antes de la intervención. Lo mismo ocurrirá con el asesoramiento previo y posterior al aborto o con la información relacionada con la anticoncepción.

El Ministerio de Igualdad defiende que la nueva regulación pretende garantizar que la información proporcionada sea «veraz, objetiva, clara, comprensible y adecuada» a las circunstancias de cada mujer. El departamento asegura además que se prestará una atención especial a las menores de 16 años, las mujeres extranjeras y las mujeres con discapacidad.

El proyecto también establece que no podrá existir una preferencia entre los métodos quirúrgico y farmacológico, salvo que las circunstancias clínicas justifiquen una determinada opción. Cuando el aborto se produzca después de las 14 semanas por causas médicas, la mujer deberá recibir información sobre los procedimientos disponibles para poder escoger el que considere más adecuado para su caso.

Antes de prestar su consentimiento, además, deberá recibir información sobre la documentación clínica y, en particular, sobre la naturaleza de la intervención, sus riesgos y sus consecuencias.

Cambios en el comité clínico

El real decreto también introduce modificaciones en el comité clínico encargado de intervenir en los supuestos de aborto por causas médicas. Su composición deberá respetar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, tanto entre los miembros titulares como entre los suplentes, salvo que existan razones objetivas que lo impidan.

Además, no podrán formar parte del comité los profesionales inscritos en el registro de objetores de conciencia ni quienes hayan estado inscritos en él durante los tres años anteriores, tal como establece la Ley Orgánica 1/2023.

Los dictámenes de estos comités deberán emitirse por escrito e incluir el diagnóstico previo, los informes y pruebas analizados, la valoración clínica y las conclusiones y razones médicas que sustenten su decisión. El dictamen deberá comunicarse a la mujer de manera «verdadera, comprensible y adecuada» a sus necesidades.

El proyecto inicia ahora su tramitación urgente, con la intención del Gobierno de adaptar el desarrollo reglamentario de la legislación vigente. La principal novedad del texto es la separación entre la información que se considera obligatoria antes de un aborto y aquella relativa a ayudas, asesoramiento y otras opciones, que quedará condicionada a que la mujer decida solicitarla.