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Asterix y Obelix

La Justicia europea prohíbe usar la marca Obélix para la venta de armas y explosivos

El Tribunal General de la UE corrige a la EUIPO y reconoce que el célebre personaje de cómic mantiene un renombre suficiente como para impedir registros comerciales que puedan dañar su imagen

Nuevo capítulo judicial en torno al universo de Astérix y Obélix. El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) que permitió registrar la marca denominativa «Obelix» para productos vinculados con armas de fuego, municiones y explosivos a favor de un empresario polaco.

La sentencia supone una victoria para Les Éditions Albert René, la editorial responsable de la célebre saga creada por René Goscinny y Albert Uderzo. La compañía había solicitado la anulación del registro al considerar que el uso comercial del nombre «Obelix» en un sector relacionado con armamento perjudicaba el prestigio y la notoriedad de uno de los personajes más populares del cómic europeo.

Cubierta de Astérix en Lusitania cómic número 41 de la sagaHachette

Sin embargo, la EUIPO rechazó inicialmente esa petición. El organismo europeo sostuvo que no existían pruebas suficientes para acreditar el renombre de la marca «Obelix» dentro de la Unión Europea. Ahora, el Tribunal General corrige esa interpretación y considera que el análisis realizado por la oficina comunitaria fue «incompleto y erróneo».

La resolución judicial recuerda que el prestigio de una marca no puede evaluarse mediante criterios aislados, sino a través de una valoración global. Según el tribunal, la EUIPO ignoró elementos relevantes aportados por la editorial francesa, entre ellos numerosos ejemplos comerciales en los que el nombre «Obelix» aparecía acompañado del símbolo de marca registrada.

Los jueces también cuestionan que la oficina europea descartara pruebas por el simple hecho de que el nombre de Obélix apareciera junto al de Astérix. A juicio del tribunal, ambos personajes forman parte de un mismo universo narrativo, pero eso no impide que el público identifique a Obélix como una marca autónoma y perfectamente reconocible.

Asterix y Obélix (Comic de Asterix en Córcega)Foto extraída de la web de Asterix

La sentencia va más allá y subraya que la EUIPO tampoco examinó de forma adecuada el posible vínculo entre las marcas enfrentadas. El tribunal entiende que la utilización del nombre «Obelix» para productos relacionados con armas y explosivos podría llevar al consumidor a establecer una asociación con el personaje de ficción y afectar así al prestigio acumulado durante décadas.

Para los magistrados europeos, no basta con señalar que los productos comercializados son diferentes o que los consumidores no coinciden plenamente. La existencia de un perjuicio para una marca de gran notoriedad debe estudiarse teniendo en cuenta todos los factores, incluido el carácter distintivo adquirido por el uso y la fama alcanzada entre el público.

El fallo devuelve ahora el asunto a la EUIPO, que deberá revisar el caso siguiendo los criterios marcados por el Tribunal General. La decisión supone además un respaldo a la protección reforzada de las grandes marcas culturales europeas frente a usos comerciales considerados incompatibles con su imagen pública.