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La Justicia europea avala publicar el 'Diario de Ana Frank' gratis en los países donde ya es de dominio público

La sentencia establece que las obras podrán difundirse en los Estados donde hayan pasado a ser de dominio público, siempre que una barrera geográfica impida el acceso desde los países donde aún conservan derechos de autor

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves que una obra que ya ha pasado a ser de dominio público en un Estado miembro puede publicarse gratuitamente en Internet, aunque continúe protegida por derechos de autor en otros países de la Unión.

La decisión, que tiene como origen un litigio sobre los manuscritos del Diario de Ana Frank, fija además que esa difusión solo será legal si la página web incorpora un sistema de bloqueo geográfico eficaz para impedir el acceso desde los territorios donde la obra siga protegida.

La sentencia responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo de los Países Bajos en el enfrentamiento entre el Anne Frank Fonds y la Anne Frank Stichting, encargada de gestionar la Casa de Ana Frank en Ámsterdam y de difundir el legado de la joven escritora.

Ana Frank sentada en su pupitre. Fotografía tomada en el último año de la escuela primaria

El conflicto comenzó en 2021, cuando esta última fundación, junto con otras entidades, publicó en Internet una edición científica en neerlandés de los manuscritos de Ana Frank. La obra podía consultarse gratuitamente, pero el acceso estaba restringido mediante un sistema de bloqueo geográfico que impedía entrar desde aquellos países donde los textos seguían protegidos por derechos de autor.

La controversia surgía porque los derechos sobre la obra no expiran al mismo tiempo en toda la Unión Europea. Mientras que en países como Bélgica los manuscritos ya forman parte del dominio público, en los Países Bajos seguirán protegidos hasta 2037, al ser el Fondo Ana Frank el titular de los derechos tras el fallecimiento de Otto Frank, padre de la autora.

El tribunal europeo concluye que esa diferencia entre legislaciones nacionales no impide la publicación gratuita de la obra en los Estados donde ya pertenece al dominio público. Sin embargo, subraya que quien la difunda debe adoptar medidas tecnológicas que limiten el acceso desde los países donde continúa protegida.

El diario original de Ana Frank expuesto temporalmente en la iglesia de Kiel, en Alemani

En este sentido, el TJUE considera que un sistema de bloqueo geográfico situado «en la vanguardia de la tecnología» cumple ese requisito, incluso aunque pueda ser sorteado mediante herramientas como una red privada virtual (VPN). A juicio de la corte, la posibilidad de eludir la restricción no invalida su eficacia si el sistema protege razonablemente los derechos de autor sin impedir el acceso libre en los países donde la obra ya puede consultarse.

La sentencia también aclara que, si el bloqueo geográfico resulta insuficiente y acaba produciéndose una comunicación ilícita al público, la responsabilidad recaerá sobre quien publicó la obra en Internet y no sobre el proveedor del servicio VPN utilizado por los usuarios para esquivar las restricciones.

El fallo establece así un criterio relevante para la difusión digital de obras cuyos derechos de autor no han expirado de forma uniforme en toda la Unión Europea, al compatibilizar el acceso a los contenidos de dominio público con la protección de la propiedad intelectual en aquellos Estados donde todavía sigue vigente.