Gianni Infantino, presidente de la FIFA, en una imagen de este año
El 'Fondo para la Paz' de la FIFA para ayudar a los países afectados por conflictos bélicos
Busca ofrecer un apoyo económico a todos aquellas federaciones u organizaciones que necesiten financiación para reconstruir infraestructuras de fútbol
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En este escenario de conflicto bélico en distintos países del mundo (Ucrania, Oriente Próximo etc..), la FIFA ha adoptado una decisión inédita a la que ha tenido acceso El Debate. Se trata de la creación del Fondo de la FIFA para la Paz, un mecanismo para ofrecer apoyo económico en todo el mundo para reactivar y reconstruir infraestructuras futbolísticas y deportivas en general que hayan quedado dañadas o destruidas por conflictos.
El ámbito de aplicación de este Fondo estará esencialmente centrado principalmente en la reconstrucción de infraestructuras futbolísticas, la reanudación de actividades relacionadas con el fútbol y la contribución a la formación. También permitirá que las iniciativas se vinculen a programas sociales más generales centrados en la salud, la educación, la vida en sociedad o la nutrición, entre otras áreas. Un Fondo que está abierto además a contribuciones de terceros. Es decir, aportaciones económicas de entidades distintas de la FIFA.
Todas las federaciones miembro de la FIFA, así como las organizaciones internacionales o regionales, otras entidades públicas y las organizaciones no gubernamentales, podrán solicitar financiación y beneficiarse de ella. Pero siempre con arreglo a unos requisitos que quedan recogidos en un reglamento específico y para tal efecto.
Todas las solicitudes deberán remitirse a la Secretaría General de la FIFA y deberá incluir como mínimo un formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado. En el mismo deberá incluirse como mínimo un calendario preliminar y detalles de las necesidades del solicitante en materia de reactivación y reconstrucción así como una descripción detallada de los proyectos relativos a la reanudación de las actividades futbolísticas, la contribución al desarrollo de capacidades y de las actividades vinculadas a programas sociales más amplios.
Además deberá incluir una propuesta presupuestaria que incluya una relación de otras fuentes de financiación que pueda tener ya concedidas. Como por ejemplo fondos por parte de la confederación correspondiente, del Gobierno del país, de entidades locales, fundaciones, donaciones privadas y contribuciones del propio solicitante.
Infraestructuras dañadas
En los casos de las solicitudes de financiación relativas a la reactivación y reconstrucción de infraestructuras futbolísticas y deportivas dañadas o destruidas por conflictos; deberá presentarse a la FIFA un informe donde se incluya una explicación del conflicto, una descripción de los daños, imágenes de la infraestructura dañada.
Además de una descripción de la situación actual, un calendario detallado sobre las obras del proyecto, una evaluación del daño descrito y de los costes correspondientes efectuado por una entidad externa independiente o basada en presupuestos recientes. Esta extensa documentación se completa con la financiación o presupuesto solicitado con un desglose detallado en la moneda local y dólares americano, el calendario de pagos propuesto y su justificación.
En los casos donde la ayuda se solicite para la reanudación de las actividades futbolísticas, la contribución al desarrollo de capacidades y las actividades vinculadas a programas sociales; deberá presentarse un informe que contenga una explicación del conflicto, la descripción del proyecto, fechas del mismo así como una descripción de la situación actual. A esto se suma toda la parte económica donde debe quedar especificada la financiación o presupuesto solicitado y el calendario de pagos propuesto.
Transferencia directa
La FIFA ha determinado tres niveles que van desde los daños leves en el primero, moderados o graves en el segundo hasta la destrucción total en el tercero. La decisión que adopte la Secretaría General de la FIFA será definitiva y los solicitantes no podrán nunca recurrir si bien podrán podrán volver a presentar una solicitud en cualquier momento. Desde FIFA se hará una transferencia directa y sólo se podrán usar para estos objetivos y se realizará una supervisión para el uso adecuado de esta financiación conforme con la solicitud correspondiente.
A todo esto hay que sumar la reglamentación que acaba también de poner en práctica sobre conflictos armados para velar por los contratos de los jugadores, entrenadores que participen en estas competiciones. Reglamentación encaminada a facilitar la salida de todos estos agentes del fútbol que conviven en países bajo conflictos bélicos. En primer lugar deben intentar acordar la salida de mutuo acuerdo, incluida la opción de acordar de común acuerdo la suspensión temporal de un contrato laboral.
En aquellos casos donde alguna de las partes, ya sea el club o jugadores y entrenadores, rompen de manera unilateral el contrato, es cuando interviene un Tribunal que ha creado la FIFA a este efecto. Y que lo hará según unos principios, empezando por la conducta de las partes. Es decir si han actuado y se han comunicado de buena fe, han hecho todo lo razonablemente posible para detectar soluciones aceptables para ambas partes antes de recurrir a medidas unilaterales y si sus acciones son, en términos generales, razonables, proporcionadas en función de las circunstancias y coherentes con los principios de la estabilidad contractual, el derecho a un lugar de trabajo seguro y el derecho a la salud de la persona.
Partiendo además de que la finalización de un contrato debe ser el último recurso que únicamente se puede adoptar si no existen otras alternativas razonables. Y quien lo ejecute, ya sea el club como un jugador o entrenador, deberá demostrar con pruebas que era el único camino posible. Ya sea por por ejemplo por las condiciones de seguridad que afecten a la ciudad, región o país pertinente; las declaraciones o restricciones gubernamentales, las recomendaciones gubernamentales para viajeros, por ejemplo, aquellas que emita el país de origen de la persona en cuestión y en concreto aquellas que insten a abandonar un país o desaconsejan viajar a él o la suspensión de ligas o competiciones nacionales.
La FIFA recuerda que la rescisión por fuerza mayor se reconoce únicamente en circunstancias verdaderamente excepcionales e imprevisibles que impidan objetivamente el cumplimiento del contrato.