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La Campaña de la Renta de este año, que se corresponde con los ingresos obtenidos en 2021Europa Press

Declaración de la Renta 2021 - 2022

Exenciones en la declaración de la renta por discapacidad

La normativa vigente recoge una serie de reducciones y exenciones en la declaración de la renta para aquellas personas que; bien cuenten con cierto grado de discapacidad, o que sean familiares de estos. Te contamos las peculiaridades de la renta en dichos casos.

Mínimo por discapacidad

A la hora de realizar la declaración de la renta hay un apartado que se denomina los mínimos. Si se cumplen una serie de requisitos, hay parte de la renta que se tiene derecho a que no se someta a gravamen. Hay que tener en cuenta que, si se hace la renta mediante internet, los mínimos vienen determinados por el programa simplemente al introducir los datos.
El mínimo por discapacidad es un tipo cualificado que se da como consecuencia de sumar el mínimo por discapacidad del contribuyente y del mínimo por discapacidad de ascendientes y descendientes.
El mínimo por discapacidad del contribuyente es de 3.000 € anuales con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, y de 9.000 € anuales cuando se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Dicho mínimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 3.000 € cuando se acredite necesitar ayuda de terceras personas, movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
Por su parte, el mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes será de 3.000 € anuales con una discapacidad del 33 %, y de 9.000 € cuando se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Dicho mínimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 3.000 € por cada ascendiente o descendiente que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

No se tributa

La Agencia Tributaria enumera una serie de supuestos en los que no se paga el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre que así la Seguridad Social lo haya reconocido. Es el caso, entre otros, de las personas con una Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez, para las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio de personas en situación de dependencia, o las pensiones de las personas lesionadas o mutiladas durante la Guerra Civil.

Deducciones autonómicas

Además, cada Comunidad Autónoma aplica, de acuerdo con sus normativas, deducciones en materia de discapacidad. Por ejemplo, Cantabria otorga una deducción 15 % de las cantidades donadas a asociaciones que persigan entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad, o Aragón una deducción de 200 € por cada hijo nacido o adoptado con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Recomendamos consultar las deducciones en cada caso en el siguiente link.