La edad de jubilación ordinaria podría llegar hasta los 67 años en el peor de los casos
Jubilación
A qué edad me puedo jubilar si tengo 15 años cotizados
La normativa de pensiones en España es dinámica, ya que cada año modifica los diferentes aspectos relativos a la jubilación
En el momento en el que una persona se acerca a la edad de jubilación se comienza a preguntar en qué momento podrá jubilarse y pasar a cobrar la pensión de jubilación, retirándose así del mercado de trabajo. Esta es una de las dudas que no tiene respuesta única, por lo que cada uno de los casos deberán estudiarse de manera individual.
Jubilarse habiendo cotizado 15 años consta de un nivel de cotización clave, ya que es el periodo mínimo que permite el cobro de una pensión de jubilación contributiva. De ser al revés, solo será posible percibir una pensión de jubilación no contributiva que está destinada a los trabajadores que no han llegado a cotizar lo suficiente.
La normativa de pensiones en nuestro país es dinámica, ya que modifica los diferentes aspectos relativos a la jubilación año tras año. De esta forma, la reforma de las pensiones del pasado 2011, que se comenzó a aplicar en 2013, sigue todavía ampliando la edad de jubilación de forma anual.
De cumplirse con el calendario estipulado, en 2027, la edad de jubilación ordinaria podría llegar hasta los 67 años en el peor de los casos, esto significaría una diferencia de dos años respecto a la edad anterior al inicio de la reforma (que precisamente tenía ese objetivo). Dicho aumento de la edad de jubilación, tiene como fin mantener a los trabajadores en el mercado laboral.
La pensión si has cotizado 15 años
La edad de jubilación para las personas que han cotizado 15 años durante su vida laboral será de 66 años y cuatro meses. Aun así, con ese nivel de cotización, no les será posible adelantar su jubilación, por lo que tendrán que esperar de forma obligatoria al menos hasta esa edad.
El importe de dicha pensión se determina por el método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social, que tiene en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años y el número total de años cotizados. Estos años, marcan el porcentaje de la base reguladora al que tiene derecho. En este caso, su pensión de jubilación será equivalente al 50% de la base reguladora.
En el caso de que este porcentaje de la base reguladora sea inferior a la cuantía mínima de la pensión de jubilación que le corresponda, el trabajador tendrá derecho a beneficiarse del complemento a mínimos, consiguiendo así llegar a la cuantía mínima.