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Telefonillo de un bloque de viviendasEuropa Press

Consultorio inmobiliario

¿Qué pasos debo seguir para convocar una junta sin ayuda de la administrador ni de la comunidad?

Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez, abogados y expertos inmobiliarios, explican una de las situaciones más extrañas y controvertida

El Debate ofrece un servicio de asesoramiento inmobiliario de la mano de los expertos Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez. Los lectores pueden enviar sus preguntas a través del formulario insertado bajo estas líneas.

–El local de mi negocio tiene serios problemas de filtraciones de agua y desprendimientos. El perito dice que los problemas afectan a la estructura. He escrito en varias ocasiones al Administrador para que convoque una Junta Extraordinaria, pero no tengo noticias. ¿Qué pasos debo hacer para solucionar este problema?

La pregunta es bastante común. Antes de contestar, vaya por delante que es importante que todas las actuaciones que realices, ya sea de avisos, incidencias y demás, estén documentadas. También ir de la mano con tu seguro del local en todos los trámites que se estén efectuando.

En primer lugar, se ha de insistir en la problemática y necesidad de actuación con el presidente de la comunidad y, paralelamente, con el administrador. Deben informar al seguro y ponerse manos a la obra, más si afecta a elementos estructurales y que ponen en peligro la seguridad y habitabilidad en el inmueble perjudicado.

Se ha de insistir en la problemática y necesidad de actuación con el presidente de la comunidad y, paralelamente, con el administrador

Si, pese a la insistencia, no se obtiene respuesta o actuación alguna, lo ideal sería requerir formalmente a la comunidad, en la figura del presidente, así como al administrador, para que actúen y subsanen los problemas existentes. Cabe decir, además, que, si verdaderamente afectan a la seguridad o habitabilidad, ni siquiera será necesaria la celebración de una junta para adoptar un acuerdo, pues las actuaciones tienen carácter de obligatorio según la Ley de Propiedad Horizontal. Además, tu, como propietario, puedes pedir la celebración de una junta, pero si no alcanzas el 25 % de las cuotas de participación, no es necesaria su celebración pese a tu petición.

Si verdaderamente afectan a la seguridad o habitabilidad, ni siquiera será necesaria la celebración de una junta para adoptar un acuerdo

La última opción en un escenario como el tuyo, en que se debe atajar el problema lo antes posible, sería la de reparar asumiendo todos los cotes necesarios y, posteriormente, si no te los reintegra la comunidad de propietarios, iniciar una reclamación judicial contra la misma.

Asesores inmobiliarios

Víctor Ortiz es abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias. Comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó la startup inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.

Miguel Gutiérrez es abogado especializado en asesoría jurídica de sociedades y Ley de Propiedad Horizontal. Comenzó su carrera profesional en un despacho de administración de fincas en Madrid, donde trabajó durante más de dos años como administrador y asesor legal. Actualmente, se dedica a ofrecer sus servicios en Heritae.

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