El experto resume la situación con una idea que muchos contribuyentes desconocen
José Ramón, asesor fiscal: «Si tus padres te donan una vivienda, van a tener que pagar una pasta en el IRPF»
Donar una vivienda a un hijo puede obligar a los padres a declarar una ganancia patrimonial como si hubieran vendido el inmueble
La donación de una vivienda de padres a hijos puede tener un coste fiscal elevado para quien entrega el inmueble, aunque no reciba dinero a cambio. Así lo ha explicado José Ramón, asesor fiscal, al advertir de que Hacienda puede exigir el pago del IRPF por la ganancia patrimonial generada entre el valor de adquisición de la casa y su valor actual de mercado.
El experto resume la situación con una idea que muchos contribuyentes desconocen: «La gente no sabe que si tus padres te donan, te regalan una vivienda porque quieren, van a tener que pagar una pasta en el IRPF». Según detalla, a efectos fiscales la operación puede tratarse como si se hubiera producido una transmisión con ganancia, aunque se trate de una donación gratuita.
José Ramón pone como ejemplo una vivienda comprada por los padres por 100.000 euros y valorada actualmente en 300.000 euros. En ese caso, la ganancia patrimonial sería de 200.000 euros. Sobre esa diferencia, explica, los progenitores tendrían que tributar en el IRPF: «Van a tener que tributar por 200.000 euros, esto va a suponer más o menos que van a tener que pagar un 25 % de IRPF de esos 200.000 euros».
De este modo, aunque los padres no reciban ningún importe por entregar la vivienda a su hijo, Hacienda tendría en cuenta el valor por el que se adquirió originalmente el inmueble, el valor de mercado que tiene en el momento de la donación y la diferencia entre ambos, considerada ganancia patrimonial.
«Hacienda lo que le va a interesar es el valor al cual adquiriste ese inmueble y el valor de mercado que tiene ese inmueble para sacar la diferencia del incremento patrimonial y entonces hacerte pagar ese IRPF, aunque tú lo regales y no hayas recibido ni un euro», precisa el asesor fiscal.
La exención para mayores de 65 años
El especialista señala que existe una forma de evitar ese impacto en el IRPF. Según explica, si los padres esperan a cumplir 65 años y lo que donan es su vivienda habitual, la ganancia patrimonial queda exenta. «Si tus padres te quieren donar, regalar ese inmueble, si se esperan a tener 65 años, siempre que lo que te estén donando y sea su vivienda habitual, está exento de IRPF», subraya.
En el ejemplo planteado, esa exención permitiría no tributar por los 200.000 euros de ganancia patrimonial. Por eso, José Ramón aconseja valorar bien el momento de la donación cuando los padres están cerca de esa edad: «Imagina que sois una familia y tus padres tienen 63 años y te quieren donar esa vivienda, lo ideal es que se esperan a tener 65 para donártela para que no tengan que pagar un pastón en IRPF».
Otros impuestos también entran en juego
El asesor fiscal recuerda que el IRPF no es el único tributo que puede aparecer en una donación de vivienda. Aun cuando se logre evitar la tributación por ganancia patrimonial, la operación puede implicar otros pagos, como el impuesto sobre donaciones o la plusvalía municipal, que grava el incremento del valor del terreno.
Aun así, José Ramón insiste en que el IRPF suele ser el gravamen más duro en estos casos: «Luego se van a pagar los impuestos, impuestos sobre donaciones, la plusvalía municipal que agrava el incremento del valor del terreno, pero el IRPF es el que más te cruje».