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La campaña estival de este año destaca por la consolidación de un incremento patrimonial directoGetty Images/iStockphoto

Al detalle

Cuándo se cobra la paga extra de verano de las pensiones en 2026

La política comercial del sector bancario permitirá que la gran mayoría de los jubilados disponga del capital de manera anticipada

La llegada de la paga extraordinaria de verano supondrá un importante alivio financiero para cerca de 10 millones de pensionistas en España antes de que concluya el mes de junio. De hecho, aunque el calendario oficial fija el desembolso a las entidades bancarias entre el 1 y el 3 de julio de 2026, la política comercial del sector bancario permitirá que la gran mayoría disponga del capital de manera anticipada en sus cuentas corrientes entre el 22 y el 25 de junio.

La campaña de este año destaca por la consolidación de un incremento patrimonial directo. Tras la aplicación de la revalorización del 2,7 % aprobada por el Gobierno sobre las pensiones contributivas, la paga extraordinaria, que replica la cuantía de una mensualidad ordinaria completa, absorberá proporcionalmente este incremento.

Bajo esta actualización técnica, un beneficiario adscrito a la pensión media de jubilación percibirá un ingreso conjunto de 1.552 euros en concepto de paga extra, lo que sumado a la nómina ordinaria del mes de junio generará una liquidación doble en su cuenta bancaria.

¿Quiénes cobran la extra?

La elegibilidad de este derecho queda reservada a los perceptores de prestaciones contributivas estructuradas en 14 pagas anuales, cobertura que abarca de forma general los supuestos de jubilación, viudedad, orfandad, favor de familiares y la mayoría de incapacidades permanentes.

Quedan excluidas de este doble ingreso de junio aquellas pensiones vinculadas a contingencias profesionales por accidente de trabajo o enfermedad laboral, dado que el ordenamiento jurídico dictamina que sus cuantías deben prorratearse en 12 mensualidades ordinarias.

Finalmente, el volumen de la liquidación estará sujeto al periodo de devengo (comprendido entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo), reduciéndose el importe de manera proporcional si el alta en el sistema se produjo con posterioridad al inicio del semestre de cómputo.