Herencias
¿Qué ocurre si un heredero ocupa la vivienda? Las medidas que pueden tomarse según el abogado Manuel Hernández
El abogado explica qué opciones tienen los herederos cuando una vivienda incluida en una herencia está ocupada por uno de ellos
La división de una herencia puede complicarse cuando uno de los inmuebles ocupado que integran la masa hereditaria está ocupado por uno de los propios herederos. Manuel Hernández, fundador y director de Vilches Abogados, explica que esta situación es habitual y que, en ocasiones, es precisamente la que fuerza el procedimiento judicial, ya que quien reside en la vivienda puede encontrarse «muy cómodo» mientras el resto de herederos no tiene acceso a ella.
Ante este escenario, Hernández plantea dos vías de actuación. La primera depende de que los herederos que quieren recuperar el inmueble representen la mayoría de la herencia. Es decir, que el porcentaje de adjudicación que les corresponde supere la mitad.
Desahucio por precario si hay mayoría
Si existe esa mayoría, los herederos pueden iniciar un procedimiento de desahucio por precario contra el ocupante. El abogado define el precario como la ocupación de un inmueble sin título que la justifique.
«Podemos iniciar un procedimiento de desahucio por precario», señala Hernández, que insiste en la necesidad de contar con mayoría dentro de la copropiedad hereditaria. Según explica, el procedimiento desembocaría en la fijación de una fecha de desahucio para el heredero ocupante, de forma similar a lo que ocurre cuando un arrendatario deja de pagar el alquiler.
La condición clave, por tanto, es superar la mitad de la herencia. Sin esa mayoría, esta vía no sería la adecuada.
La división judicial como alternativa
Cuando los herederos que quieren actuar no alcanzan esa mayoría, Hernández apunta a una segunda opción: iniciar un procedimiento judicial de división de herencia. El objetivo, según expone, es que la situación de comodidad del heredero que ocupa la vivienda sin título pase a convertirse en una situación de incomodidad económica.
Para ello, propone incluir en el inventario de la herencia una deuda a cargo del heredero ocupante. Esa deuda equivaldría a las rentas de mercado que debería haber abonado por usar el inmueble sin título y sin autorización del resto de herederos.
El abogado subraya que la autorización para permanecer en la vivienda ya no puede proceder del propietario fallecido. Tras el fallecimiento, esa autorización tendría que venir de los demás copropietarios o herederos.
Reclamar el alquiler de mercado
Hernández explica que, tras la muerte del propietario, los bienes hereditarios pueden producir rentas. En el caso de una vivienda, ese rendimiento sería el alquiler de mercado.
Por ello, si el inmueble podría arrendarse y generar ingresos para la masa hereditaria, el heredero que lo ocupa sin consentimiento del resto debería compensar ese uso. Para acreditar esa cantidad, el abogado plantea aportar una pericial que determine cuál sería la renta mensual de mercado de la vivienda.
De este modo, la cantidad correspondiente al alquiler se iría descontando de los derechos hereditarios del ocupante. «Mensualmente tendrá que ir restando a sus derechos hereditarios la cuantía del alquiler que venga obligado por sentencia conforme a la pericial aportada», concluye Hernández.