Qué pasa si un inquilino causa desperfectos en una vivienda de verano
Consultorio inmobiliario
He alquilado mi segunda residencia y los inquilinos han causado desperfectos, ¿puedo descontarlos de la fianza?
El Debate ofrece un servicio de asesoramiento inmobiliario de la mano de los expertos Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez. Los lectores pueden enviar sus preguntas a través del formulario insertado bajo estas líneas.
–He alquilado mi segunda residencia durante el verano y los inquilinos han causado desperfectos, ¿puedo descontarlos de la fianza?
Sí, como propietario puedes descontar de la fianza el importe de los desperfectos causados por los inquilinos, siempre que dichos daños les sean imputables y excedan del desgaste normal derivado del uso de la vivienda. La fianza tiene precisamente la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario, entre ellas la de devolver el inmueble en buen estado de conservación.
La fianza tiene precisamente la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario
No obstante, no cualquier deterioro justifica retener la fianza. No pueden descontarse los daños ocasionados por el uso ordinario, el paso del tiempo o la antigüedad de los elementos de la vivienda, ni las reparaciones que correspondan al propietario por su obligación de mantenimiento.
Si al finalizar el alquiler detectas desperfectos, es recomendable:
- Realizar fotografías o vídeos del estado de la vivienda.
- Comparar el estado final con el inventario o reportaje fotográfico realizado al inicio del alquiler, si existe.
- Conservar presupuestos o facturas de reparación que acrediten el coste de los daños.
- Comunicar al inquilino, de forma detallada, los desperfectos detectados y el importe que se descontará de la fianza.
La retención debe ser proporcional al coste real de la reparación y estar debidamente justificada. Si los daños superan el importe de la fianza, el propietario puede reclamar al inquilino la diferencia por los cauces legales correspondientes.
Lo importante es conservar pruebas suficientes que permitan justificar la retención
En definitiva, si los desperfectos han sido causados por los inquilinos y puedes acreditarlos, sí puedes descontar su coste de la fianza. Lo importante es conservar pruebas suficientes que permitan justificar la retención en caso de que el arrendatario la impugne.
Asesores inmobiliarios
Víctor Ortiz es abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias. Comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó la startup inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae, además de invertir en proyectos inmobiliarios.
Miguel Gutiérrez es abogado especializado en asesoría jurídica de sociedades y Ley de Propiedad Horizontal. Comenzó su carrera profesional en un despacho de administración de fincas en Madrid, donde trabajó durante más de dos años como administrador y asesor legal. Actualmente, se dedica a ofrecer sus servicios en Heritae.