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Clara R. IlárrazDoctora en Derecho digital (5G) por la Universidad CEU San Pablo

España pone freno a la fiebre de los centros de datos ante la saturación de la red eléctrica

El Gobierno exigirá más eficiencia, consumo renovable y soberanía digital para acceder a la red, mientras el sector alerta de 9.000 millones de inversión en riesgo

Centros de datos, el nuevo bien escasoEl Debate / Asistido mediante IA

La inteligencia artificial puede parecer inmaterial, pero necesita suelo, agua y una enorme cantidad de electricidad. Detrás de cada servicio en la nube hay edificios repletos de servidores y detrás de esos edificios hay una red que no puede crecer al ritmo de todas las solicitudes. La verdadera escasez de la economía digital no está solo en los chips, está también en la capacidad eléctrica necesaria para hacerlos funcionar.

España se ha convertido en pocos años en un destino especialmente atractivo para instalar centros de datos por su ubicación y conectividad; pero también por tener una de las electricidades más limpias de Europa, lo que explica que el gestor de la red de transporte haya concedido a estas instalaciones más de 6 GW de capacidad de acceso, a los que se suman en torno a otros 6 GW en el ámbito de la distribución.

Para situar la cifra, la Estrategia de Inteligencia Artificial 2024 prevé para 2030 una demanda eléctrica de entre 3,5 y 4 GW asociada a estas infraestructuras. La capacidad ya concedida supera ampliamente, por tanto, las estimaciones más ambiciosas de despliegue.

Ese desajuste explica el proyecto de Real Decreto que se ha sometido a audiencia pública hasta el pasado 10 de septiembre. La norma propuesta desarrolla la disposición adicional primera del Real Decreto ley 7/2026, aprobado como respuesta a la crisis en Oriente Medio.

El Real Decreto propuesto sigue un novedoso criterio que es que el acceso a la red deja de ser una mera cuestión de orden de llegada para quedar condicionado al cumplimiento de una serie de objetivos públicos: soberanía digital, eficiencia y nueva generación renovable.

Los centros con una potencia de acceso igual o superior a 1 MW deberán declarar su establecimiento en la Unión Europea, la permanencia en ella de los datos operativos bajo su control, la trazabilidad del soporte prestado desde terceros países y la adopción de medidas frente a requerimientos de autoridades extranjeras contrarios al Derecho europeo. No obstante, esta exigencia no se extiende a los datos de clientes sobre los que el centro de datos no tenga acceso ni control, una delimitación importante que evita la confusión entre la infraestructura y los servicios que se alojan en ella.

La norma da un paso adicional cuando se trata de sistemas sujetos al Esquema Nacional de Seguridad que manejen datos del sector público, o vinculados a la seguridad o a la defensa nacional. Esos sistemas no podrán alojarse en los centros salvo que los datos derivados de la utilización del servicio, incluidos los metadatos, registros, réplicas y copias de seguridad, se traten, almacenen y transfieran exclusivamente dentro de la Unión. España pretende adelantarse con ello al futuro marco europeo sobre nube e inteligencia artificial, todavía en tramitación.

Salvo que la cuota renovable del sistema supere el 90 %, los centros deberán cubrir el 80 % mediante autoconsumo o contratos de compra de electricidad renovable a plazo

Los proyectos deberán acreditar niveles de eficiencia energética e híbrida correspondientes a la clase A del futuro etiquetado europeo. Hasta que ese sistema resulte aplicable se exigirán un PUE máximo de 1,15 y un WUE máximo de 0,1. Son umbrales muy exigentes que convierten la eficiencia en una condición a priori para acceder y permanecer conectado a la red.

Salvo que la cuota renovable del sistema eléctrico supere el 90 %, los centros deberán cubrir el 80 % de su consumo mediante autoconsumo o contratos de compra de electricidad renovable a plazo. Las instalaciones de generación deberán ser nuevas en los términos temporales fijados por el proyecto y los contratos tendrán una duración mínima de diez años. Además, la energía consumida en cada hora deberá estar respaldada en un 80 % por generación renovable producida en esa misma hora.

Este modelo se toma prestado del hidrógeno renovable, cuyos requisitos de adicionalidad y correlación horaria fijó el Reglamento Delegado europeo de 2023. La analogía tiene lógica económica porque ambos consumos compiten por la misma capacidad de red, aunque no es del todo simétrica. Aquellos requisitos se concibieron para certificar el origen renovable de un combustible que se comercializa como verde. Aquí se aplican a quien consume electricidad para prestar servicios digitales. Esa diferencia no invalida el modelo, pero obliga a justificar con especial cuidado su necesidad y su proporcionalidad.

SpainDC sostiene que la acumulación de requisitos puede operar como una prohibición de hecho y cifra en 9.000 millones de euros las inversiones que podrían frenarse de forma inmediata

La reacción del sector ha sido de sorpresa. SpainDC sostiene que la acumulación de requisitos puede operar como una prohibición de hecho y cifra en 9.000 millones de euros las inversiones que podrían frenarse de forma inmediata. También advierte de que entre el 80 % y el 90 % de la nueva inversión prevista estaría en riesgo.

La capacidad disponible en la red es limitada. Por eso, cuando se reserva para un proyecto, puede dejar de estar disponible para otros que también la necesitan. El debate no consiste, por tanto, en escoger entre regulación y crecimiento, sino en determinar qué condiciones permiten ordenar el acceso sin hacer inviables las inversiones que se pretenden atraer. Una política industrial eficaz debe encontrar ese equilibrio y establecer requisitos suficientes para proteger los intereses públicos, pero también previsibles y proporcionados para que los proyectos puedan desarrollarse en España.

El punto más delicado está en las consecuencias del incumplimiento y en el régimen transitorio. Los recargos sobre los peajes y cargos del sistema van del 10 % al 500 %, según la naturaleza de la desviación y su reiteración. Un incumplimiento significativo y continuado durante cinco años podría acarrear, además, la pérdida de los permisos de acceso y conexión. Las solicitudes todavía no resueltas dispondrán de tres meses para acreditar los nuevos requisitos, la mitad del plazo respecto de aquellos proyectos que ya hayan obtenido permisos.

Se prevén determinados supuestos de renuncia pero cuanto más avanzado esté el proyecto y más compromisos haya asumido, más difícil será presentarla como una solución suficiente. Habrá que esperar al resultado de las alegaciones para conocer el desenlace de un proyecto de Real Decreto que condiciona el despliegue de una de las infraestructuras esenciales de nuestra economía digital.