La ley fija una tabla que determina cuántos días de paro corresponden según lo trabajado
El SEPE explica cuánto paro corresponde por tres años trabajados y qué ocurre con las cotizaciones sobrantes
Una de las reglas más importantes del sistema tiene que ver con el tratamiento de los días de cotización sobrantes dentro de cada tramo
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha recordado cómo se calcula la duración de la prestación por desempleo y qué ocurre con los días cotizados que superan los tramos mínimos. Según la Ley General de la Seguridad Social, el tiempo de paro de cada trabajador se calcula con los días trabajados en los últimos seis años antes de quedarse en desempleo.
Con esta fórmula, tener tres años de trabajo permite cobrar 12 meses de paro, aunque la norma exige perder los días sobrantes si no son suficientes para pasar al siguiente nivel.
La ley fija una tabla que determina cuántos días de paro corresponden según lo trabajado. El mínimo para pedir la prestación es de 360 días cotizados, lo que da derecho a 120 días de cobro. A partir de ahí, la escala suma dos meses más de paro por cada seis meses cotizados, hasta llegar a un tope máximo de 720 días de cobro (dos años completos) para quienes hayan trabajado 2.160 días o más (seis años de cotización).
Para una persona con tres años trabajados (entre 1.080 y 1.259 días), el cobro asignado es de 360 días. Sin embargo, la cantidad de dinero bajará con el tiempo.
Durante los primeros seis meses de paro, la persona cobra el 70 % de su base reguladora —calculada con la media de las cotizaciones por contingencias profesionales de los últimos 180 días, sin contar las horas extra—, mientras que a partir del séptimo mes la cifra se reduce al 60 %.
Los días de trabajo que no completan un tramo
Una de las reglas más importantes del sistema tiene que ver con el tratamiento de los días de cotización sobrantes dentro de cada tramo. Como la ley reparte el tiempo de cobro en bloques cerrados, los días de trabajo que superen la cifra mínima de un bloque pero no lleguen al mínimo del siguiente se pierden para siempre al pedir el paro.
Por ejemplo, si un trabajador ha acumulado 1.150 días cotizados en el momento de quedarse sin trabajo, el SEPE utilizará el bloque de 1.080 días para aprobarle 360 días de cobro. Los 70 días cotizados restantes se consideran agotados y no se guardan en el historial para utilizarlos en futuras prestaciones.