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La Seguridad Social eleva el periodo exigido para poder retirarse a los 65 años sin penalizaciones

El cambio en las pensiones de 2027 que obligará a los autónomos a cotizar más años para cobrar lo mismo

Los trabajadores por cuenta propia asumirán la totalidad del 1 % del MEI manteniendo una prestación media inferior a la del Régimen General

Alcanzar el importe íntegro de la prestación tras una vida de trabajo será un proceso todavía más complejo para los profesionales por cuenta propia a partir del próximo ejercicio.

La aplicación de la última fase de la reforma aprobada por la Ley 27/2011 incrementa la exigencia de años de cotización necesarios para que los trabajadores adscritos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) perciban el 100 % de la base reguladora y puedan acogerse a la edad de retiro ordinario sin sufrir coeficientes reductores. Un cambio regulatorio que profundiza en la brecha histórica entre el importe medio que percibe un trabajador asalariado y el de un profesional independiente.

Desde el 1 de enero de 2027, el acceso a la jubilación a los 65 años percibiendo la totalidad de la asignación requerirá haber cotizado al sistema un mínimo de 38 años y seis meses. Todos aquellos trabajadores autónomos que no reúnan dicho periodo de actividad tendrán que postergar su retiro hasta cumplir los 67 años si desean evitar recortes sobre la cuantía final de su prestación.

A su vez, la normativa modifica el cómputo del historial laboral. Para poder calcular el 100 % de la base reguladora, la Administración exigirá demostrar 37 años de cotizaciones efectivas, lo que implica una subida de seis meses respecto a los baremos requeridos en 2026. Esta penalización sobre los periodos mínimos repercutirá también de forma directa en las condiciones de acceso a la modalidad de jubilación anticipada.

Recargo del MEI y una diferencia persistente

Estas mayores exigencias temporales se producen en un escenario de desembolsos récord para la Seguridad Social, con una nómina mensual de pensiones contributivas que ya supera los 14.400 millones de euros.

Para contribuir al sostenimiento del sistema, el colectivo de 3,4 millones de trabajadores por cuenta propia deberá asumir de manera íntegra desde el 1 de enero el recargo adicional del 1 % del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) aplicado sobre sus cuotas de cotización.

El nuevo marco normativo afecta a un sector que registra de forma recurrente prestaciones sensiblemente inferiores a las del trabajo asalariado. Las estadísticas oficiales fijan la paga media de jubilación del autónomo en 1.062,8 euros al mes, frente a los 1.734,7 euros mensuales que perciben de media los cotizantes procedentes del Régimen General.

Una diferencia de más de 670 euros que constata cómo el aumento de los requisitos de cotización y de la carga fiscal repercute sobre la retribución final de los trabajadores independientes.