Fundado en 1910
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, a su llegada a una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel RodríguezEduardo Parra / Europa Press

Desahucios, prórroga de los alquileres... qué ocurre con las medidas de los decretos tras el rechazo del Congreso

  • El primer decreto ley ha caído con el voto en contra de 178 diputados y el voto favorable de 172

  • El decreto de Sumar ha caído con el voto en contra de 184 diputados

La mayoría de derechas tumba los dos decretos y deja a Sánchez ante el precipicio electoral

El Pleno del Congreso ha asestado un nuevo golpe al Gobierno de Sánchez tras tumbar los dos decretos de vivienda que se votaban este viernes en un pleno extraordinario. El primero de todos, incluía la prohibición de los desahucios hasta 2030; la regulación del alquiler de temporada y habitaciones; la prohibición de la compra por parte de ‘fondos buitre’; la prórroga de dos años de los contratos en vigor que finalizan antes del 31 de diciembre de 2028; así como determinadas medidas fiscales. Esta normativa no ha salido adelante por el voto en contra de 178 diputados (PP, Vox, Junts y UPN) y el voto favorable de las fuerzas del Gobierno.

La Cámara Baja tampoco ha dado el visto bueno al segundo decreto por el que se renovaban de forma automática los contratos de alquiler. Este ha sido rechazado por 184 diputados.

El artículo 86 de la Constitución recoge que «los decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación». Sin embargo, hasta su derogación ha estado vigente y ha desplegado efectos, tal y como ocurrió cuando decayó la primera prórroga de los alquileres. Aunque en este caso, al tratarse de escasas horas, el impacto será más limitado.

Con el primer decreto decae la prohibición de desahuciar hasta el 31 de diciembre de 2030 a los inquilinos vulnerables. En estos días se han parado lanzamientos, pero en cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) su no convalidación, si los abogados de los propietarios lo solicitan y los jueces así lo estiman oportuno, se volverán a ejecutar.

Con la prórroga de los alquileres que terminaban antes del 31 de diciembre de 2028 ocurrirá lo mismo que pasó en abril. Dicha solicitud solo es válida para los contratos que finalizaron en estas 48 horas. En esos casos las condiciones se mantendrán durante dos años adicionales de forma irreversible.

El resto de contratos no tienen respaldo jurídico, aunque se haya mandado un burofax mientras estaba en vigor, por lo que los propietarios no están obligados a prorrogarlos. Eso sí, va a volver a haber cierta conflictividad entre las partes y litigios. Aunque expertos en derecho inmobiliario como Arantxa Goenaga Llorca, abogada especializada en derecho inmobiliario y socia de AF Legis, considera que «al ser una vigencia de tan pocos días» el impacto «no será el mismo que con el decreto de abril».

Hay otras medidas como las bonificaciones fiscales a los propietarios y a los inquilinos que, aunque se incluían en el decreto, no han tenido ningún efecto ya que la deducción se aplicaba en la Declaración de la Renta.

La renovación automática de los alquileres tampoco habrá tenido ningún efecto. A parte de que solo ha estado menos de 24 horas en vigor, justo tendrían que haber finalizado los contratos este viernes para que se aplicará la norma. En el caso de que fuera así, la mayoría de propietarios ya habrían avisado hace meses a sus inquilinos de que tendrían que abandonar el inmueble.

Esaú Alarcón, abogado fiscalista en Gibernau Asesores y profesor de Derecho Tributario y de Derecho Administrativo, ha señalado a El Debate que «es el colmo de la perversión jurídica lanzar reales decretos-leyes que sabes que no se van a convalidar porque, de esta manera, se puede interpretar, según alguna doctrina que creo que hay que entender superada, que han estado en vigor unos días y, claro, sabiendo también que es interpretación tan discutible la va a comprar el Tribunal Constitucional».

El jurista también ha remarcado que «el único sentido de que una norma esté en vigor, por ejemplo, tres días es intentar que esa norma se convierta en indefinida, a pesar de ser luego derogada». «Aparte de inseguridad jurídica, que también, el problema de fondo es de un calado más amplio: se está pervirtiendo el procedimiento legislativo de manera que se está coartando el papel de una institución tan relevante en democracia como es el Parlamento. Por decirlo rotundamente, se está matando el mandato democrático», ha zanjado.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas