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24 de abril de 2024

El exconcejal del PP en Majadahonda José Luis Peñas, a la izquierda

El exconcejal del PP en Majadahonda José Luis Peñas, a la izquierdaEFE

Informe

El Supremo respalda el indulto parcial del concejal que destapó la trama Gürtel

El alto tribunal recuerda «la falta de un sistema destinado a proteger a los denunciantes de buena fe»

El Tribunal Supremo ha emitido un informe favorable al indulto parcial del ex concejal del Ayuntamiento de Majadahonda, José Luis Peñas, cuya confesión destapó la trama Gürtel.
El tribunal recuerda que «nuestro ordenamiento jurídico no cuenta con una protección que incentive y proteja a los funcionarios públicos que, habiendo intervenido en las actividades delictivas, deciden ponerlo en conocimiento de la justicia», por lo que «resulta difícil que se produzca una denuncia que necesariamente implica el reconocimiento de la comisión de un delito por parte del propio denunciante». Así pues, el informe del Supremo considera que «la regulación española es absolutamente insuficiente».
Asimismo el Supremo recuerda que todos los países de la Unión Europea deberán aplicar en sus legislaciones nacionales la directiva 2019/1937 para el 17 de diciembre que precisamente trata de «garantizar que los denunciantes puedan denunciar a las autoridades públicas, de cualquier infracción de la normativa europea que se produzca en el seno de una organización paliando la escasa, protección de los denunciantes de infracciones entre los Estados miembros y contempla una serie de medidas de protección frente a las represalias tomadas contra los informadores».
José Luis Peñas denunció en 2007 la existencia de una trama que empresas pertenecientes al Grupo Correa que se beneficiaba de concesiones públicas de varios ayuntamientos gobernados por el Partido Popular en Madrid y en Valencia.
El indulto parcial supone que el ex concejal podría mantener su carácter de funcionario público, aunque mantendría la inhabilitación para obtener un cargo público de libre designación o elección. Así, podría continuar trabajando como ordenanza. Para el Supremo, «la pérdida de este trabajo a consecuencia de la aplicación de la pena de inhabilitación absoluta supone para el solicitante una aflicción desmedida e innecesaria»
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