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20 de abril de 2024

El Ejecutivo de Pedro Sánchez es conocedor de los largos plazos en que falla el Tribunal de Garantías

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Estado de alarma 2.0

Arranca el decretazo energético de Sánchez con la amenaza de llevar al Constitucional a las comunidades que lo incumplan

Juristas expertos en Derecho constitucional explican a El Debate el motivo por el cual las Comunidades Autónomas no podrán evitar la aplicación del plan de medidas de ahorro energético aunque lo recurran

La aplicación del plan de ahorro energético aprobado por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto-ley será complicada. Eso sí, las Comunidades Autónomas están obligadas desde la pasada medianoche a aplicar algunas de las medidas del decretazo y desde el Gobierno se amenaza con plantear una cuestión negativa de competencias ante el Tribunal Constitucional sí aquellas se negaran. Fuentes jurídicas explican que será inevitable su aplicación por los tiempos que maneja el Tribunal Constitucional, así como por la dificultad de que les sean estimadas medidas cautelares.
Precisamente, la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, se escuda en el Tribunal de Garantías para amenazar a las comunidades que no cumplan con lo aprobado. La vicepresidenta tercera advierte de que pueden acudir al Constitucional si se produjera un choque de competencias. Ante la concurrencia de «un problema serio, porque en algún sitio no se aplica masivamente ninguna de las medidas» se pondrán en contacto «inmediatamente» con los responsables de esa autonomía.
Más allá del cruce de declaraciones, expertos en Derecho constitucional responden a El Debate sobre los asuntos fundamentales de este polémico Decreto-ley, asegurando que, en cualquier caso, será inevitable su aplicación.
En primer lugar, hay que cuestionar la pertinencia de recurrir el decretazo de Sánchez. Carlos Lacaci, socio director de Lacaci & Delgados Abogados, cree que los títulos competenciales justificativos de este texto legal «no son realmente las materias sobre las que luego el Estado va a pretender regular», puesto que «nada tiene que ver poner la calefacción o el aire acondicionado a una determinada temperatura, con competencias de índole mercantil o de actividad económica, de ferrocarriles o de transportes terrestres/ aéreos». A ello se une el hecho de que «aprobar este decreto no era de extrema y urgente necesidad».

Posible invasión competencial

El abogado estima que «mediante unos títulos competenciales» tan «genéricos», el Estado «no puede regular cualquier materia más específica que, sin embargo, sí cae bajo la competencia de las Comunidades Autónomas». Por ello, Lacaci apuntala que, con este decretazo, el Gobierno incurre en una «extralimitación e invasión de las competencias» de las regiones. En consecuencia, sí «tendría cabida un recurso de inconstitucionalidad por las comunidades que así lo quieran presentar».
Teresa Ribera,a tras la reunión telemática con los responsables autonómicos en las áreas de Energía, Industria y Comercio y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para analizar los detalles del plan de ahorro

Teresa Ribera, tras la reunión telemática con los responsables autonómicos en las áreas de Energía, Industria y ComercioEFE

Ahora bien, la aplicación del decretazo será inevitable. Según otra socia del mismo despacho, Adriana Delgado, «la posibles medidas cautelares solicitadas por las Comunidades Autónomas que acudieran a este recurso tienen poco recorrido para prosperar porque, en materia de competencias y garantías, el Tribunal Constitucional es muy poco dado a estimarlas al tratarse de una materia que viene legislada mediante Real Decreto». Por tanto, resulta bastante probable que los presidentes autonómicos que deseen recurrir el decretazo, no puedan evitar su aplicación.
Por su parte, «sí vemos viable la admisión a trámite» del recurso, «pero que se estime no, por el mismo motivo (que la inadmisión de las cautelares). Aunque ya vimos cómo los decretos de los estados de alarma los dictó como inconstitucionales». La letrada considera que, aunque el recurso prosperara, «en el mejor de los casos va a llevar más de un año y este decreto está pensado hasta noviembre de 2023». Por tanto, «incluso, aunque se estimara en favor de las Comunidades Autónomas, podría suceder que ya no estuviera en vigor». Eso sí, «sería bueno para sentar jurisprudencia respecto a esta cuestión».
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