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11 de mayo de 2024

El abogado Miguel Ángel Rodríguez Arias emplea el Derecho Internacional para acabar con la impunidad de los atentados de ETA

El abogado Miguel Ángel Rodríguez emplea el Derecho Internacional para acabar con la impunidad de los atentados de ETA

Miguel Ángel Rodríguez Arias, abogado de Dignidad y Justicia

«Expulsar a 200.000 personas del País Vasco no es terrorismo, es limpieza étnica»

El abogado de Dignidad y Justicia, Miguel Ángel Rodríguez Arias, es el autor de la querella por el asesinato del concejal Jesús Mari Pedrosa, que supondrá la primera investigación pública sobre la expulsión forzada de miles de vascos

Primero fue la persecución de las diferentes cúpulas de ETA por haber ordenado o por no haber impedido los crímenes de ETA. Después fue la llamada 'doctrina Miguel Ángel Blanco' que persigue declarar imprescriptibles los atentados terroristas ocurridos desde diciembre de 1999 y que tuvo su refrendo en el auto judicial sobre la acusación de Iñaki Gracia Arregi 'Iñaki de Rentería' el pasado día 6 de febrero. Ahora, la asociación Dignidad y Justicia da un paso más en su lucha contra la impunidad de ETA y busca perseguir a los etarras por provocar la expulsión forzada de miles de vascos, entre 60.000 y 200.000 según un estudio.
¿Qué supone este auto más allá del mero asesinato de Pedrosa?
De lo que estamos hablando es probablemente del mayor ámbito de impunidad de las víctimas de ETA. Y es que cuando decíamos con los asesinados que el 44%, que son esos 379, están impunes; cuando decíamos que en el caso de los heridos es mayor, aunque no está todavía concretizado, pero se sabe que es ampliamente mayor... Si nos vamos a los expulsados, la impunidad es del 100% porque nunca en España se ha abierto una investigación como en el caso de Pedrosa Urquiza, que es el asesinato de una persona a quien se intenta expulsar. O sea, estamos hablando del ámbito del delito de expulsión forzada, de las coacciones y amenazas terroristas.
Llama la atención que se pida investigar las expulsiones forzosas en 2023, 11 años después del fin de ETA.
Nuestro Código Penal dice que ante cualquier hecho delictivo o terrorismo de tipo que sea, se convierte en deber proceder contra todos los responsables penales, contra todos, no contra alguno.

Ante cualquier hecho delictivo, se debe proceder contra todos los responsables penales, no solo contra alguno

Y ha tenido que llegar Dignidad y Justicia para investigar estos hechos. No se había investigado oficialmente hasta ahora.
Lo que intento plantear con mis querellas es la mera normalidad jurídica. Solo la normalidad. Es decir, hay unos delitos de gran magnitud. Lo normal es que la policía los investigue. Para que la policía los investigue tiene que ser un juez el que acuerde y le pida a la policía esa prueba. Y para eso hace falta una querella. Y es exactamente, siguiendo esa cadena lógico-racional, lo que ha ocurrido. El juez ha estimado que esa investigación de las expulsiones forzosas es una prueba razonable y pertinente y ha ordenado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Policía Nacional y Guardia Civil, que hagan lo normal con cualquier delito.
¿Por qué se ha tardado tanto en investigar este tipo de hechos?
Esa es la anomalía, que desde dentro de España no hemos hecho un análisis jurídico internacional de las cosas. Las personas que han tenido que huir, perseguidas por ETA, para salvar su vida sólo tienen una denominación que marca el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas: desplazados internos, expulsados forzosos. Como letrado desconozco la razón exacta. Estamos hablando de un delito de una extrema gravedad y extrema magnitud en el plano de los bienes jurídicos afectados. Esa declaración del Comité de Derechos Humanos del 11 de febrero del 98, de la que se acaba de cumplir 25 años que cualquier ser humano tiene derecho a residir libremente en condiciones de seguridad y de sin temer por su vida.

Desde dentro de España no hemos hecho un análisis jurídico internacional de los delitos por terrorismo

Este delito, el de las expulsiones forzosas, también fomentarían esa imprescriptibilidad de los atentados de ETA que buscan.
No solo son amenazas terroristas. Expulsar a 200.000 personas no es terrorismo, es limpieza étnica. Es que no puede prescribir, empezando por el hecho de que las expulsiones forzadas de ETA terminaron el 20 de octubre de 2011, cuando ésta se disuelve independientemente de la fecha en que fuese expulsado. Da igual el año que se ponga, el año 83, el año 92 da igual el año, independientemente de cuándo inició ese primer acoso o esas amenazas, de cuando se produjo la expulsión, es a partir del 20 de octubre cuando pudieron regresar todas ellas al País Vasco, Navarra, con cierta garantía de protección para su vida. Han pasado 12 años. No puede haber ninguna prescripción por definición. Si vas al delito de amenazas o acciones terroristas, su plazo de prescripción es de al menos 15 años. No ha podido prescribir ningún caso.
Este auto, además, salió prácticamente el día reconocido por la ONU como el día de los expulsados forzosos.
Sí, se trata de un paso adelante y reconocer el día 11 de febrero como día de los expulsados en España no lo ha hecho nadie más que el Parlamento de Navarra. El Parlamento del País Vasco no se atrevió a dar ese paso. Creo que es un motivo de orgullo que el Parlamento de Navarra tuviera el valor de dar ese paso. Y era tan difícil en el Parlamento de Navarra como en el del País Vasco, como el Congreso de los Diputados. Y desde entonces está reconocido una declaración institucional que es, dentro de las posibles resoluciones, una de la de más alto rango institucional. Está reconocido y declarado el 11 de febrero como Día de los desplazados internos y de los expulsados.
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