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27 de julio de 2024

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, preside el acto de toma de posesión del nuevo fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Ciudad Real

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, preside el acto de toma de posesión del nuevo fiscal jefe de Ciudad RealEFE

Justicia

El fiscal general intenta blindar su nombramiento con una defensa doble ante el Supremo

Alvaro García Ortiz cuenta con el abogado José María de Castro Llorente, vinculado a la UPF, para reforzar su cargo ante el Alto Tribunal, a título particular, más allá del trabajo de la Abogacía del Estado

Cualquier esfuerzo es poco para salvar el nombramiento del fiscal general del Estado que, ya antes de producirse, el Consejo General del Poger Judicial (CGPJ) calificó de «inidóneo». Álvaro García Ortiz está determinado a defender su continuidad en el cargo, recurrido ante la Sala Tercera del Supremo por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), y para ello no sólo contará con la representación de la Abogacía General que actúa a su favor en el procedimiento por su condición de fiscal general sino que, además, a título personal, como candidato afectado, el máximo responsable de la Fiscalía, ha decidido personarse en el procedimiento y hacerlo de la mano del letrado José María de Castro Llorente.

De Castro es un viejo conocido para García Ortiz ya que durante mucho tiempo ha venido actuando como abogado de la Unión Progresista de Fiscales (UPF) de la que tanto el actual titular de la Carrera, como su predecesora en el cargo, Dolores Delgado, fueron miembros antes de dar el salto a la línea más política de su actividad profesional.

De hecho ha sido conjuntamente con este abogado, con quien García Ortiz ha planteado la recusación de cuatro de los cinco magistrados de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Supremo que tendrán que decidir sobre el recurso de la APIF que pide anular su renovación en el cargo. Una decisión que, según podía saber El Debate, de fuentes próximas a la causa, el fiscal general tomaba en un intento por evitar que los mismos jueces que, en su día, lo señalaron por una «desviación de poder», en el ascenso de Delgado a la categoría de fiscal de Sala Togada de lo Militar, no puedan intervenir en este nuevo procedimiento administrativo al que se enfrenta.

Por su parte, la Abogacía del Estado se desmarcaba de esta estrategia de desgaste contra los jueces del Supremo que, tras conocerse, no tardaba en ser desautorizada por los expertos. Hasta el punto de que la mayoría de los juristas comsultados por este diario han llegado a calificarla de «disparate jurídico», más propio de quien trata de sembrar dudas sobre los miembros del más Alto Tribunal de nuestro país que de quien busca el derecho a un juez imparcial como establece la ley. Un verdadero «ejemplo de lawfare», han llegado a sostener algunos miembros de la Fiscalía.

Así las cosas, una vez registrado el escrito remitido por el fiscal general al Alto Tribunal, se daba traslado a las demás partes para que informasen sobre la petición de García Ortiz. Entre ellas, la entidad recurrente y los letrados públicos que, según ha confirmado El Debate, este mismo martes presentaron sus alegaciones; y, los propios magistrados recusados que, una vez con toda la documentación en su mano, también podrán pronunciarse sobre si consideran que podrían estar afectados por un condicionamiento previo que les impida actuar de manera objetiva sobre el caso.

Con todas las conclusiones, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) será el presidente interino del Supremo, Francisco Marín Castán, junto con los presidentes de cada una de las Sala del Supremo y dos magistrados de cada una de ellas, el más antiguo y más moderno, los que decidan si se estima o no la petición del titular del Ministerio Público.

Si la Sala diese la razón a García Ortiz, los magistrados quedarán apartados del procedimiento y serán otros magistrados de otra Sección de la misma Sala de lo Contencioso-Administrativo los que asuman el encargo. En caso contrario, se mantendrá a los mismos jueces con imposición de costas al fiscal general e, incluso, si se demuestra que la recusación fue planteada «de mala fe», podría desprenderse, además, una pena de multa.

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