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La esposa del presidente del gobierno Begoña Gómez durante la clausura del 41º Congreso Federal del PSOEEuropa Press

Tribunales

La Audiencia de Madrid corrige al juez Peinado y rechaza la pieza separada contra Begoña Gómez pero avala investigar la malversación

El magistrado tendrá que adoptar «las decisiones oportunas para acomodar el resto de actuaciones practicadas con posterioridad», sin «mayor trascendencia» que la procesal

Un auto de la Audiencia Provincial de Madrid (APM), al que ha tenido acceso El Debate, ha corregido al juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa penal que se sigue contra Begoña Gómez, en su decisión de abrir una pieza separada por malversación contra la mujer del presidente del Gobierno y su asesora de Moncloa, Cristina Álvarez. Sin embargo, el ente superior a Peinado vuelve a respaldar al magistrado en sus pesquisas y coincide en la existencia de indicios sólidos de que la funcionaria se habría «extralimitado en sus funciones públicas» con las gestiones de la cátedra de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que dirigió su jefa.

La resolución, que ha sido notificada a las partes, este mismo jueves, estima parcialmente el recurso que presentó la defensa de Begoña Gómez contra la resolución por la que el juez Peinado mantuvo su decisión de abrir la mencionada derivada de la causa principal.

El órgano sostiene que la decisión adoptada por el juez instructor «es prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental». «Si bien pudiera afirmarse que se trata de una mera decisión de acomodación procedimental sin mayor trascendencia e impuesta legalmente, al comprobar que el delito investigado corresponde ser tramitado conforme a la Ley del Tribunal Jurado, sin embargo, la decisión sí tiene relevancia dada la complejidad de los diversos hechos investigados», apunta.

En este sentido, la Audiencia Provincial avisa al titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid de que debe adoptar «las decisiones oportunas para acomodar el resto de actuaciones practicadas con posterioridad» a la apertura de la pieza separada.

En el marco de la resolución, recuerda que, «en este procedimiento, no se investiga la legalidad del nombramiento de la asistente de la mujer del presidente, pues, se encuentra fuera de toda duda que resulta necesario desde el punto de vista protocolario, de organización de agenda y de seguridad».

«La investigación habría derivado a la posible extralimitación de las funciones del cargo, ya que parece deducirse de las diligencias practicadas, que la misma ha participado desde su puesto de funcionaria de libre designación de Presidencia del Gobierno, en actuaciones del exclusivo interés personal de la esposa del presidente», añaden los tres magistrados.

Es decir, la Audiencia de Madrid ve realista que pudo existir una «desviación de medios públicos, puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados». Que constituiría a nivel penal el delito de malversación de caudales públicos por los que investiga el juez Peinado a Gómez, su asistente y, como tercer imputado, al delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, ex jefe de esta última en la época a la que se refieren los hechos objeto de investigación.