El presidente de ERC, Oriol Junqueras, en una imagen de archivo
Tribunales
El Constitucional arranca dividido en un recurso de Junqueras contra la decisión del Supremo que le negó un segundo indulto
Los líderes separatistas, a los que no se les ha aplicado la amnistía sobre el delito de malversación, buscan que se les elimine la condena por inhabilitación que les mantiene alejados de la primera línea de la vida política
Además de los cuatro recursos presentados por los gobierno de Murcia, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Andalucía y la cuestión planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra la Ley de Amnistía, el Tribunal Constitucional (TC) resolverá, esta semana, la impugnación planteada por el ex presidente de la Generalitat durante el procés, Oriol Junqueras, frente a la decisión del Supremo por la que, el pasado mes de mayo, se le denegó la posibilidad de un segundo indulto aplicado al delito de malversación, que mantiene vigente la pena de inhabilitación.
Según ha podido adelantar El Debate, si bien la propuesta de la ponente asignada a la cuestión, la magistrada Concepción Espejel, es contraria a la admisión del asunto, el Pleno de la Corte que se reúne este martes arrancará dividido, por cuanto en lo relativo al borrado penal del 1-O en Cataluña se han producido discrepancias importantes. No en vano, cabe recordar cómo la propia sentencia de la amnistía partió en dos al órgano que, mayoritariamente, se inclinó por reconocer el encaje legal del texto en nuestro ordenamiento.
Ahora, el cónclave se asoma a la resolución por la que el Supremo, que juzgó la causa especial del procés, rechazaba el pasado mes de mayo la petición por la que un ciudadano particular pedía indultar, por segunda vez, a los separatistas catalanes a los que se les perdonaron las penas de prisión, en la pena de inhabilitación que siguen teniendo vigente en base al delito de malversación. Así lo determinaba el Alto Tribunal en un auto dictado en contra de las pretensiones del ex vicepresidente Junqueras y los ex consejeros Raül Romeva , Jordi Turull y Dolors Bassa que le acompañaban en la maniobra.
La resolución firmada por los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Manuel Marchena, Antonio del Moral, Andrés Palomo y Ana Ferrer recordaba cómo los políticos independentistas ya fueron beneficiados por un indulto parcial concedido por el Gobierno mediante Real Decreto 460/2021, de 22 de junio, que extinguió las penas privativas de libertad, pero mantuvo las de inhabilitación absoluta fijadas en la sentencia del procés. Y, por ello, según explicaba la Sala Segunda del TS por unanimidad, el carácter parcial de aquel indulto era «consecuencia obligada del informe negativo a su concesión emitido por la Sala, lo que impedía un indulto total de acuerdo a la Ley» vigente.
Conceder un segundo indulto, total o parcial, a los mismos favorecidos por el anterior «vulneraría lo dispuesto en la Ley de Indulto de 18 de junio de 1870». En particular, recordaba el TS cómo el artículo 18 de dicha ley «establece el carácter irrevocable del indulto», y el sentido en el que los artículos 11 y 12 condicionan la «posibilidad de un indulto total a la existencia de razones de Justicia, equidad o utilidad pública apreciadas por el tribunal sentenciador» que no se dan en este caso que, ahora, podría entrar en la cocina del Constitucional si el bloque capitaneado por Cándido Conde-Pumpido considera que la pretensión ha de ser, como mínimo, debatida frente a los argumentos en contra que defenderá la magistrada Espejel.