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Foto de archivo de una mesa electoralEuropa Press

Elecciones Extremadura

Las elecciones de Extremadura estrenan las listas cremallera: qué son y cómo funcionan

La nueva normativa obliga a los partidos a alternar a un hombre y una mujer

El próximo 21 de diciembre los extremeños acudirán a ejercer su derecho al voto en unas elecciones autonómicas anticipadas. La convocatoria fue anunciada por la presidenta de la Junta, María Guardiola (PP), tras no contar con el apoyo de la oposición para aprobar los presupuestos de 2026.

En 2024 las Cortes Generales españolas aprobaron una nueva reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general (LOREG), que introduce la obligación de las candidaturas a las elecciones municipales, autonómicas, generales y europeas de presentar «listas cremallera». Estas listas se distinguen por el hecho de alternar candidatos de género femenino y masculino, garantizando, a la práctica, la plena paridad en las listas electorales. Y precisamente los comicios extremeños serán los primeros en aplicar la nueva norma.

Listas cremallera

Hasta la aprobación de la nueva normativa, la LOREG, a través de su artículo 44 bis, solo obligaba a las candidaturas a construir sus listas electorales de forma que ninguno de los dos sexos lograra una representación inferior al 40 % o superior al 60 %. No obstante, en la práctica se ha producido una divergencia significativa en el porcentaje de mujeres candidatas y electas.

La implantación de las listas cremallera, además de asegurar una paridad estricta en la composición de las candidaturas, también favorecerá que resulte elegido un mayor número de mujeres, de modo que la configuración de las cámaras en próximas legislaturas avance hacia una igualdad plena.

Asimismo, la reforma contempla extender el sistema de listas cremallera a la elección de los diputados de las diputaciones provinciales, un ámbito en el que la LOREG no había establecido hasta ahora ninguna medida específica. No obstante, esta nueva exigencia no se aplicará en los municipios con menos de 5.000 habitantes.