El diputado del grupo mixto José Luis Ábalos en el Congreso
Ábalos podría perder hoy su sueldo de diputado de 5.200 euros al mes
El exministro de Transportes José Luis Ábalos podría ver suspendido hoy su salario como diputado –que asciende a un total de 5.254,73 euros mensuales–3.236,32 euros de retribución fija y 2.018,41 euros de indemnización por ser elegido por Valencia– si el Tribunal Supremo confirma el auto de prisión provisional dictado contra él por el juez Leopoldo Puente.
A finales de noviembre, el Congreso anunció que aguardaría a que el Alto Tribunal ratificara la resolución de ingreso en prisión, recurrida por la defensa de Ábalos, antes de aplicar la suspensión parlamentaria prevista en el Reglamento. Esa confirmación está prevista para este jueves 4 de diciembre, y activaría automáticamente el artículo 21, que contempla la suspensión de derechos y deberes cuando un diputado se halle en prisión preventiva con un auto firme de procesamiento.
Tras la decisión del juez Puente de enviar a prisión preventiva al exministro socialista –hoy diputado del Grupo Mixto– la Presidencia del Congreso remitió un oficio al Supremo para que certificara ese ingreso y el «auto de procesamiento o equivalente», con el fin de iniciar el procedimiento de suspensión. Según fuentes parlamentarias, el Alto Tribunal confirmó que se decretó «la prisión provisional comunicada y sin fianza» para Ábalos Meco, aunque subrayó que el auto no es firme al estar recurrido en apelación, cuya deliberación está fijada para este 4 de diciembre.
La Mesa del Congreso esperará a la resolución de ese recurso y, en cuanto el auto de prisión sea confirmado, aplicará el artículo 21 del Reglamento, que establece que los diputados quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, firme el auto de procesamiento, se encuentren en prisión preventiva. La suspensión implicará que Ábalos deje de percibir retribuciones e indemnizaciones del Congreso y que no pueda participar en actividades parlamentarias ni emitir voto telemático. Se trata de una medida temporal, limitada al tiempo en que permanezca en prisión provisional, y recuperar los derechos parlamentarios dependerá de su posible puesta en libertad.
El diputado José Luis Ábalos
La suspensión no acarrea la pérdida del escaño, una medida reservada a otros supuestos, como la existencia de una sentencia firme o determinados procesamientos contemplados en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.