El magistrado Andrés Martínez Arrieta
Tribunales
El Supremo archiva la querella contra el magistrado presidente que redactó la sentencia del ex fiscal general
La resolución ha descartado que existan los más mínimos «indicios» delictivos del tipo penal que conforma el delito por el que se había dirigido la acción frente al juez Andrés Martínez Arrieta
El Supremo (TS) ha inadmitido la querella contra el magistrado Andrés Martínez Arrieta, presidente de la Sala Segunda del Alto Tribunal tribunal que condenó al ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz. Se trataba de una acción planteada por los 'Comunes', representados por el eurodiputado Jaume Asens, contra el juez por, presuntamente, haber revelado la condena al ex titular del Ministerio Público, durante una jornada formativa impartida en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM).
Según ha podido saber El Debate, el auto con el que el Alto Tribunal despacha la petición contra Martínez Arrieta es el hecho de que «no se aprecia, siquiera de forma indiciaria, la concurrencia de los elementos del tipo delictivo» que se atribuía a Martínez Arrieta. Y remarca que «para que la revelación sea relevante disciplinariamente, es necesario que en ella se desvele el contenido material de la deliberación o el resultado de las votaciones».
«Y con esto, señores, concluyo, que tengo que poner la sentencia del fiscal», se despidió Martínez Arrieta de su ponencia, en un comentario que desató risas y aplausos entre los asistentes, cuando todavía no se conocía que la ponencia que correspondía inicialmente a la magistrada Susana Polo se había transferido al presidente del tribunal, dado que Polo se desmarcaba de la posición mayoritaria, con un voto particular. Una discrepancia a la que se sumó, también, su compañera la jueza Ana Ferrer, respecto de la condena que fue anunciada el pasado 20 de noviembre. Un comentario que fue calificado de «jocoso» por parte de los querellantes.
Sin embargo, para el Supremo, el escrito planteado «no aporta ningún principio de prueba ni fuente de conocimiento» que acredite que la mencionada frase «integra el delito de revelación de secretos», reza la resolución que se ha notificado, este lunes.