Un hombre depositando su voto en una urna
El respaldo oficial y legal que se ignora para votar
La Policía Nacional explicita que miDNI es «la única aplicación oficlal» con el «respaldo legal» para la realización de todos los trámites
La página web de la Policía Nacional lo dice bien claro: «Con el DNI en el móvil sí podremos, entre otras cosas: acreditar presencialmente nuestra identidad (siempre y cuando haya una conexión de datos)». La clave de la validez del formato del DNI en el móvil diseñado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez está precisamente entre paréntesis: «siempre y cuando haya una conexión de datos».
La Policía Nacional explicita que miDNI es «la única aplicación oficlal» con el «respaldo legal» para la realización de todos los trámites. Y añade: «porque es la única que, en el momento de usarla, realiza una conexión a los servidores de la Policía Nacional para solicitar, en ese mismo instante, los datos del DNI del ciudadano. Estos datos son devueltos firmados por la Policía y tienen una validez limitada en el tiempo, lo que nos proporciona información en tiempo real e imposibilita la falsificación y manipulación de los datos. En ningún momento estos datos quedan almacenados en el teléfono móvil».
Y concluye: «Porque es la única que proporciona los mismos usos que el DNI físico en España».
La Policía no deja lugar a dudas de cómo funciona su DNI digital y expone nítidamente que solo es válido al usarse con conexión de datos a sus servidores, que son los que certifican en tiempo real y solo en un breve espacio temporal la autenticidad de ese DNI. Además, lo hace con mayúsculas y en negritas para enfatizar la validez «oficial», el «respaldo legal» con «información en tiempo real». Cada vez que una persona se identifica con su DNI en el teléfono móvil debe solicitar la validación a Interior puesto que los datos no se guardan en el móvil del usuario.
Doble rasero
Mientras Interior exige leer ese QR que es enviado por sus servidores en tiempo real cada vez que el usuario lo solicita para validar su identidad ante un agente de policía o cualquier otra entidad pública o privada, no le pide a la Junta Electora que exija esos mismos mecanismos de comprobación para para validar la identidad del votante.
De hecho, a la pregunta de si el DNI en el móvil sustituye al DNI físico la propia Policía Nacional argumenta en su web que «son complementarios». Y añade: «solo es más cómodo para identificarte en algunas ocasiones para que no tengas que llevar tu DNI físico». Incluso recomienda llevar siempre los dos: «Te recomendamos llevar siempre tu DNI, por si tu móvil se queda sin batería, se rompe o no tiene cobertura».
Resulta revelador cómo Interior se refiere al DNI digital como como «complementario» y no sustitutivo del físico y, sin embargo, pretenden que se otorgue carácter sustitutivo a algo que podría ser equivalente a un carné de la piscina como documento oficial del evento más importante para la ciudadanía: votar.