Fachada principal de la petrolera estatal de Venezuela
La Audiencia Nacional archiva un caso de supuesto blanqueo de fondos de la petrolera venezolana PDVSA
La resolución se fundamenta en que las autoridades judiciales de Venezuela ya habían cerrado previamente la investigación
La Audiencia Nacional ha archivado la causa abierta contra el empresario venezolano Alejandro Betancourt, en la que se investigaba un presunto delito de blanqueo de capitales por valor de 4.350 millones de dólares vinculados a la petrolera estatal PDVSA. La resolución se fundamenta en que las autoridades judiciales de Venezuela ya habían cerrado previamente la investigación sobre el supuesto origen ilícito de esos fondos, lo que elimina la base necesaria para sostener el delito.
El magistrado encargado del caso, Santiago Pedraz, ha sido quien ha acordado el archivo de las actuaciones en lo que respecta a Betancourt. Este empresario fue arrestado en Londres en septiembre del pasado año, aunque posteriormente quedó en libertad. Fuentes jurídicas confirmaron la decisión adoptada por el juez, que pone fin a una investigación que se encontraba bajo secreto.
El origen de las diligencias se remonta a una denuncia presentada por la Fiscalía. A partir de esa iniciativa, se abrió una investigación con el objetivo de esclarecer si varios ciudadanos venezolanos habrían llevado a cabo operaciones de blanqueo en España mediante inversiones financiadas con fondos presuntamente procedentes de un fraude. Dicho fraude estaría relacionado con un préstamo suscrito en 2012 entre PDVSA y la empresa privada Administradora Atlantic.
No obstante, el desarrollo posterior de los acontecimientos ha resultado determinante para el desenlace del caso. En 2023, la Justicia venezolana acordó el archivo de la causa que analizaba la legalidad de ese préstamo. Esta circunstancia fue alegada por el propio Betancourt ante la Audiencia Nacional y posteriormente verificada por el juez Pedraz mediante el envío de una comisión rogatoria internacional.
A la vista de esta resolución, el magistrado concluye que no existe base para considerar ilícito el origen de los fondos investigados. En consecuencia, desaparece uno de los elementos esenciales para que pueda configurarse el delito de blanqueo de capitales. En su auto se indica lo siguiente: «No hay pues delito antecedente. Y, como se sabe, el delito de blanqueo de capitales (...) exige no sólo una actividad delictiva previa, sino una conexión de tipo causal entre el bien y esa actividad delictiva».
En esta misma línea, el juez insiste en que, sin una procedencia delictiva acreditada, no puede sostenerse la existencia de blanqueo. Además, subraya que la resolución adoptada por las autoridades venezolanas tiene validez jurídica internacional, al haber determinado que «el préstamo a PDVSA y su devolución en divisas es conforme a la legalidad de dicho país y no constituye delito».
Por otra parte, la decisión judicial también alcanza a una posible infracción contra la Hacienda Pública española que se había planteado en el marco de la investigación. En este punto, Pedraz considera que los argumentos expuestos por la Fiscalía carecían de concreción suficiente, al no detallar una base fáctica clara ni especificar qué tipo de elusión fiscal habría podido cometer el investigado.
De este modo, el archivo de la causa cierra una investigación compleja que dependía en gran medida de la acreditación del carácter ilícito de los fondos. La inexistencia de ese elemento, confirmada por las autoridades del país de origen, ha resultado decisiva para que la Audiencia Nacional descarte la existencia de delito y dé por finalizadas las actuaciones. Queda así resuelto un procedimiento que había puesto el foco en operaciones financieras internacionales y cuya evolución ha estado condicionada por las decisiones judiciales adoptadas fuera de España.