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El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero

El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez ZapateroEP

Investigación

Resoluciones previas permiten que la Audiencia Nacional mande a prisión a Zapatero por riesgo de fuga o destrucción de pruebas

Numerosas resoluciones judiciales dictadas durante los últimos años en grandes causas de corrupción permiten que la Audiencia Nacional acuerde prisión provisional para José Luis Rodríguez Zapatero si aprecia riesgo de fuga, destrucción de pruebas o reiteración delictiva. El Debate publica hoy tres precedentes similares a la situación procesal en la que se encuentra el expresidente del Gobierno. Investigados por delitos económicos graves que, antes de que existiera sentencia firme, acabaron entre rejas por la existencia de riesgos procesales. Estos casos muestran que ya se ha ordenado prisión provisional en procedimientos por blanqueo, fraude fiscal, organización criminal o delitos vinculados a grandes estructuras patrimoniales cuando ha considerado que los investigados podían ocultar bienes, destruir pruebas o eludir la acción de la Justicia.

Uno de los precedentes más relevantes es el de Jordi Pujol Ferrusola. El primogénito del expresidente catalán Jordi Pujol ingresó en prisión provisional en 2017 por decisión del juez José de la Mata, que apreció riesgo de ocultación y destrucción de pruebas. La Audiencia Nacional consideró entonces que existían indicios de que el investigado había desplegado maniobras para hacer inaccesible parte de su patrimonio y obstaculizar el acceso de los investigadores a determinados bienes y evidencias. Aquel caso resulta especialmente significativo porque el ingreso en prisión se acordó antes de juicio y en una causa centrada en delitos económicos y blanqueo de capitales.

Otro precedente es el de Nervis Villalobos, exviceministro de Energía de Hugo Chávez. La Audiencia Nacional acordó su ingreso en prisión provisional por una investigación de blanqueo de capitales vinculada a fondos procedentes de la corrupción venezolana. El caso presentaba además una dimensión internacional relevante, ya que tenía movimientos de dinero, sociedades, cuentas y operaciones fuera de España. La existencia de conexiones exteriores, disponibilidad patrimonial y riesgo de fuga fueron elementos que pesaron en las decisiones cautelares adoptadas durante la instrucción.

El tercer caso es el de Gao Ping, considerado el cabecilla de la conocida como 'operación Emperador'. La Audiencia Nacional mantuvo en prisión al empresario chino por riesgo de fuga y por la posibilidad de alterar pruebas o influir sobre otros investigados y testigos. La causa investigaba una amplia estructura criminal dedicada al blanqueo de capitales, delitos contra la Hacienda Pública, contrabando y organización criminal. La prisión provisional se justificó por la gravedad de los delitos, la capacidad económica del investigado, sus conexiones internacionales y el riesgo de afectar al desarrollo de la investigación.

La situación procesal de Zapatero presenta elementos que deberán ser valorados por el juez Calama. El expresidente del Gobierno está investigado en la pieza principal del caso Plus Ultra por los delitos de tráfico de influencias, blanqueo de capitales, falsedad documental y organización criminal. La UDEF sostiene que el exjefe del Ejecutivo lideró una red de influencia que utilizaba sus contactos institucionales y empresariales para favorecer operaciones económicas a cambio de pagos canalizados a través de sociedades interpuestas. Además, el magistrado ha abierto una pieza separada por las joyas halladas en su oficina de Ferraz, valoradas de forma preliminar en 1,3 millones de euros por posibles delitos contra la Hacienda Pública y contrabando.

En esa nueva pieza, Calama sostiene que el origen de las joyas no está justificado y que la ausencia de trazabilidad fiscal, facturas, documentación aduanera o justificantes de importación impide descartar la existencia de una defraudación tributaria o una entrada irregular de los bienes en territorio español. El juez subraya que el valor de las piezas supera ampliamente los umbrales penales tanto del delito fiscal como del delito de contrabando. La investigación deberá determinar ahora cuándo fueron adquiridas, cómo llegaron a España, quién las pagó y si fueron declaradas correctamente ante Hacienda y Aduanas.

El ingreso en prisión provisional no es automático. Para que el juez pueda acordarlo, debe solicitarlo la Fiscalía o alguna de las acusaciones personadas, y el magistrado debe celebrar una comparecencia específica para escuchar a las partes. En este caso, no resulta previsible que la Fiscalía reclame esa medida si mantiene el mismo criterio seguido en otros procedimientos de corrupción que afectan al entorno del Gobierno. Sin embargo, las acusaciones populares sí podrían pedirla si consideran que existen riesgos procesales suficientes.

La clave estará en determinar si Zapatero dispone de capacidad real para ocultar documentación, mover patrimonio o interferir en la investigación. La UDEF ya ha señalado en sus informes la existencia de sociedades extranjeras, pagos internacionales, estructuras interpuestas, viajes a Dubái, operaciones vinculadas a Venezuela y una oficina en Ferraz donde se habría centralizado parte de la documentación de la red. Si el juez aprecia que esos elementos pueden facilitar la ocultación de pruebas o de bienes, los precedentes de la Audiencia Nacional le ofrecen margen jurídico para acordar medidas cautelares más graves que una simple comparecencia periódica.

¿Conoces algún hecho irregular que quieres que investigue y cuente El Debate? Escribe a investigacion@eldebate.com si tienes pistas o indicios que consideras relevantes. La verdad siempre merece ser contada.

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