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El eurodiputado de Vox Jorge Buxadé

Vox se adelanta para impedir que el Gobierno pueda tumbar después la sentencia del Supremo sobre el CERA

Buxadé alerta de un «riesgo cierto» de que las Administraciones invoquen la falta de emplazamiento de los afectados para pedir la nulidad del fallo y reclama que sean llamados ya al procedimiento

Vox ha decidido adelantarse a una posible vía procesal que podría permitir al Ejecutivo intentar anular en el futuro la sentencia definitiva del Tribunal Supremo sobre las incorporaciones al CERA derivadas de la ley de nietos. La formación ha presentado este lunes un escrito ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo para que todos los nacionalizados potencialmente afectados sean emplazados ahora y puedan defender sus derechos, cerrando así la posibilidad de que su ausencia del procedimiento pueda utilizarse posteriormente como motivo de nulidad.

El escrito, presentado este 15 de septiembre firmado por el abogado de Estado y vicepresidente de Acción Política de Vox, Jorge Buxadé, se formula al amparo del artículo 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Solicita que el Supremo ordene a la Junta Electoral Central, directamente o a través de los ministerios de Presidencia y Exteriores, emplazar como interesados a quienes pudieran ver afectados sus intereses legítimos por la futura sentencia.

La razón que ofrece la formación es extraordinariamente explícita. Vox asegura que existe «un riesgo cierto» de que las Administraciones electoral y ministerial ya comparecidas pretendan, «de forma extemporánea, y con manifiesto abuso procesal», invocar posteriormente la falta de emplazamiento de las personas afectadas «para pretender su nulidad o arrogarse la defensa de derechos e intereses legítimos de terceros». No afirma, por tanto, que esa maniobra se haya producido. Advierte al Supremo de que podría producirse y pide neutralizarla antes de que exista.

Cerrar ahora la puerta a una nulidad posterior

La ofensiva procesal llega después de la vista sobre las medidas cautelares y del Auto dictado por la Sala. El propio escrito recuerda que cuatro días antes de aquella vista la Junta Electoral Central emplazó como interesados a los ministerios y organismos públicos comparecidos y que, durante la vista, tanto la JEC como la Abogacía del Estado formularon sus alegaciones.

Es precisamente la «línea procesal de defensa formal» seguida por las Administraciones comparecidas la que Vox invoca ahora para justificar su iniciativa. Una vez dictado el Auto cautelar, considera «razonable» que la JEC, por sus propios medios o con la colaboración de Presidencia o Exteriores, emplace también a terceros que podrían resultar afectados. La formación apoya su petición en los artículos 48.1 y 49 de la LJCA, que regulan el emplazamiento de los interesados, y en la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión cuando una persona identificable y titular de un derecho o interés legítimo afectado por el proceso no ha sido llamada a éste.

Es el siguiente fundamento jurídico el que descubre exactamente qué pretende evitar Vox. Lleva como título «Prevención frente a una nulidad sobrevenida». La formación sostiene que practicar ahora los emplazamientos impediría que la Administración pueda invocar posteriormente, «en contra de la buena fe procesal», la falta de llamada al procedimiento de los interesados «como motivo para pretender la nulidad de la sentencia que en su día se dicte en Derecho». Es decir, Vox intenta quitar de la mesa antes de la sentencia una eventual causa de nulidad después de la sentencia.

Que no puedan alegar «su propio incumplimiento»

El escrito da todavía un paso más. Vox solicita que se suspenda temporalmente la tramitación del procedimiento mientras se realizan los emplazamientos y transcurre el plazo concedido a los afectados para comparecer. Y explica expresamente que esa suspensión no debe afectar a la eficacia del Auto ya dictado en la pieza separada de medidas cautelares.

La formulación utilizada por la formación resulta especialmente contundente. Justifica la medida como necesaria para evitar que quienes están obligados a efectuar los emplazamientos puedan «alegar después su propio incumplimiento como motivo de nulidad». Ahí reside el corazón político y jurídico del nuevo movimiento de Buxadé: que el procedimiento quede blindado ahora frente a la posibilidad de que la Administración alegue mañana un defecto en unos emplazamientos cuya práctica depende precisamente de la propia Administración.

Los que están en el CERA y los que esperan entrar

La petición formulada al Supremo permite conocer además exactamente a quién pretende Vox que se llame al procedimiento. En primer lugar, solicita que la Junta Electoral Central notifique la existencia del pleito a las personas que hayan obtenido la nacionalidad española mediante el derecho de opción previsto en la disposición adicional octava, apartado 1, inciso primero, de la Ley de Memoria Democrática y que ya consten inscritas en el CERA. El objetivo expresamente consignado es que puedan comparecer en el procedimiento.

Buxadé introduce una segunda categoría de enorme importancia: quienes ya hayan obtenido la nacionalidad por el mismo cauce, pero todavía no hayan sido inscritos en el CERA. Para ellos solicita que la JEC entregue a la Sala, en el plazo de diez días, el listado correspondiente y que también se les notifique la existencia del procedimiento para que puedan comparecer y hacer valer sus derechos.

La petición permitiría, por tanto, que el propio Supremo dispusiera de una relación de quienes han obtenido la nacionalidad por el concreto supuesto controvertido y aún no han llegado al censo electoral exterior.

Vox no pide levantar mientras tanto la medida cautelar acordada por el Supremo. Al contrario. Solicita suspender la tramitación del procedimiento principal únicamente durante «el tiempo estrictamente necesario» para realizar los emplazamientos y permitir que los interesados puedan comparecer con abogado y procurador.

Y en sus fundamentos deja expresamente establecido que esa suspensión «en modo alguno» debe afectar a la eficacia del Auto dictado en la pieza de medidas cautelares, que califica de firme y cuya naturaleza cautelar y provisional subraya. Es decir, Vox pide detener temporalmente el procedimiento para blindarlo, pero mantener mientras tanto la protección cautelar acordada por el Supremo.

Finalmente reclama que, si la Sala lo considera necesario, ordene a la JEC practicar los emplazamientos directamente o con la colaboración del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes o del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

El movimiento preventivo de Buxadé

El nuevo escrito cambia de lleno el terreno de la batalla judicial. Ya no se discute en estas cuatro páginas el fondo de la Instrucción de Justicia ni se vuelve a desarrollar la controversia sobre el crecimiento del CERA. Lo que Vox plantea ahora es cómo impedir que una futura sentencia pueda quedar comprometida por un defecto procesal anterior a ella.

Y para hacerlo utiliza una fórmula particularmente incómoda para las Administraciones comparecidas: alerta al Supremo de un «riesgo cierto», habla de posible «manifiesto abuso procesal», invoca la «buena fe procesal» y pide actuar ahora para evitar que quienes tienen que realizar los emplazamientos puedan terminar «alegando después su propio incumplimiento como motivo de nulidad».

Vox se ha adelantado. Si el Supremo acepta su petición, los afectados podrán comparecer y defenderse antes de la sentencia. Y la puerta procesal que Buxadé teme que las Administraciones intenten utilizar después quedaría cerrada antes de que puedan llamar a ella.