Manifestación frente al Congreso
¿Qué pasará si los decretos de vivienda no salen adelante?
Tras la negativa de Junts en la noche del jueves, lo más probable es que en la votación que está teniendo lugar en el Congreso no se aprueben los decretos de vivienda
Salvo sorpresa de última hora, el Pleno del Congreso tumbará este viernes los dos reales decretos-leyes de vivienda que aprobó el Consejo de Ministros el pasado martes. El «no» de Junts, sumado al del PP, Vox y UPN, deja al Gobierno sin la mayoría simple que necesita para la convalidación. La pregunta ahora es qué ocurre con las medidas, y con la legislatura, si los decretos decaen.
Derogación inmediata
La Constitución da al Congreso un plazo de treinta días desde su promulgación para convalidar o derogar un real decreto-ley. Si la votación es negativa, la norma queda derogada y desaparece del ordenamiento. No puede tramitarse como proyecto de ley, porque esa vía solo existe para los decretos que sí se convalidan.
Ambos textos ya están publicados en el BOE. El primero entró en vigor el 1 de octubre y el segundo se publicó el jueves. Por eso habrán tenido efectos jurídicos durante un periodo muy corto. Según explica el portal inmobiliario Idealista, la derogación no tendría efectos hacia atrás para los contratos firmados entre la entrada en vigor y el momento en que se haga efectiva la no convalidación. Ese margen se mide en horas, pero varios juristas advierten de la inseguridad jurídica que puede generar.
¿Qué medidas caerían?
En el primer decreto, el Real Decreto-ley 26/2026, el más amplio, se incluyen las siguientes medidas:
- Una prórroga extraordinaria de hasta dos años para los contratos de alquiler cuya prórroga obligatoria termine antes del 31 de diciembre de 2028, siempre que el inquilino esté al corriente de pago.
- Un tope del 2% a la actualización de las rentas hasta finales de 2027.
- La regulación de los alquileres de temporada y por habitaciones.
- La suspensión hasta el 31 de diciembre de 2030 de determinados desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional. No es una prohibición general de los desahucios.
- Límites a la compra de vivienda por parte de fondos.
- Medidas fiscales, como una deducción estatal de hasta el 10% del alquiler de la vivienda habitual para rentas bajas.
Y el segundo decreto, el más polémico, modificaba el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos para introducir prórrogas automáticas sucesivas de cinco años, o de siete si el arrendador es persona jurídica, sin límite temporal, una vez cumplido el periodo mínimo del contrato. El PNV ya había anunciado su voto en contra de este texto.
No es el primer revés del Gobierno en esta materia. El Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, también incluía una prórroga extraordinaria de los alquileres. El Congreso lo rechazó el 28 de abril con 177 votos en contra.
El escenario electoral
La consecuencia política puede ser mayor que la legislativa. Perder una convalidación no obliga al presidente a dimitir ni provoca por sí sola unas elecciones. Aun así, fuentes del Gobierno citadas por elDiario.es aseguran que Pedro Sánchez estudia disolver las Cortes y convocar elecciones generales para el domingo 29 de noviembre. Si el anuncio se retrasa, la fecha alternativa sería el 6 de diciembre.
Los plazos legales cuadran con ese calendario: entre la convocatoria y la jornada electoral deben pasar 54 días. Si el decreto de disolución se publicara el martes 6 de octubre, las urnas se abrirían el domingo 29 de noviembre.