Turistas pasean frente al Real Alcázar de Sevilla, en una imagen de archivo
Turismo
Andalucía busca el equilibrio para atraer más turistas y no perder su identidad
La nueva Ley del Turismo Sostenible contempla multas de hasta 600.000 euros a las empresas que oferten servicios no registrados o clandestinos
La importancia del turismo en la economía andaluza está fuera de toda duda. En 2024, Andalucía recibió a más de 36 millones de visitantes, con un impacto económico de unos 28.700 millones de euros, de los cuales alrededor de 18.500 millones correspondieron al turismo extranjero. Sin embargo, no es oro todo lo que reluce, dada la masificación turística que sufren los cascos históricos de sus principales capitales.
En busca del equilibrio para atraer más turistas y que, a la vez, las ciudades y sus barrios no pierdan identidad, el Gobierno de Juanma Moreno ha aprobado este martes el anteproyecto de Ley del Turismo Sostenible de Andalucía, cuyo objetivo es la ordenación, planificación y promoción del turismo sostenible, así como la definición de la política turística, sus principios y criterios de actuación.
Esta norma vendrá a sustituir a la actual, vigente desde 2012 y que ha quedado desfasada debido a los nuevos retos que plantea el turismo, como el fenómeno de los pisos turísticos, y las propias cifras de visitantes, que van en aumento año tras año después de la pandemia del covid.
El texto introduce por primera vez el concepto de política turística, para plasmar los pilares sobre los que se sustenta la gobernanza turística. Además, se incluye el Observatorio para la Sostenibilidad Turística Local, en el que colaboran las entidades locales a través de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), las empresas del sector a través de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) y la propia Junta de Andalucía a través de la Consejería de Turismo.
El anteproyecto también crea una nueva categoría de instrumento de planificación, con la denominación de instrumentos singulares de planificación, que permiten adecuar la actividad planificadora a las necesidades y oportunidades de los destinos y del sector turístico.
Dentro de los instrumentos singulares de planificación se reconoce la posibilidad de elaborar planes turísticos de zonas rurales. De esta forma, se suprime el límite de 100.000 habitantes para la clasificación turística de los municipios, permitiendo una graduación y categorización más precisa en función de su actividad turística.
Viviendas turísticas
En cuanto a las viviendas de uso turístico, el anteproyecto de Ley del Turismo Sostenible de Andalucía hace un reconocimiento expreso sobre su obligación de desarrollarse en suelos que tengan reconocido un uso turístico específico, distinto del residencial, aunque compatible con este. Para destinar un inmueble a vivienda de uso turístico se precisará de la correspondiente solicitud de licencia o presentación de declaración responsable de cambio de uso ante el ayuntamiento correspondiente.
Además, se añaden obligaciones específicas de información para las empresas, como las que han de cumplir plataformas y comercializadoras de servicios turísticos. En el ejercicio de la actividad turística por las personas prestadoras de servicios turísticos se regula con mayor detalle la consideración de actividad clandestina y oferta ilegal.
Andalucía elevará las sanciones por infracciones turísticas en la nueva Ley de Turismo Sostenible. Las multas graves pasarán de entre 2.000 y 18.000 euros, según la ley de 2012, a entre los 10.000 y 100.000 euros. En el caso de las muy graves, las cuantías pasarán de la horquilla de 18.000 a 100.000 euros a entre 100.000 y 600.000 euros.
Por otro lado, se incluye una sección específica para regular las viviendas de uso turístico, figura no regulada hasta ahora en la actual Ley de Turismo. Se incorporan expresamente en la norma como servicio de alojamiento turístico y se hace referencia a la necesaria ordenación y desarrollo, mencionando los principios básicos de registro y a la declaración responsable como elementos necesarios para la comercialización e inicio de la actividad.