Fachada del TSJIB

Fachada del TSJIBNiall_Majury

Sentencia

Un jefe de comedor que también trabajaba como fotógrafo pierde la incapacidad permanente con el aval del TSJIB

El tribunal concluye que el trabajador, que compaginaba la hostelería con trabajos como fotógrafo autónomo, había mejorado de las lesiones de hombro

Un trabajador de la hostelería de Palma que cobraba una incapacidad permanente total por lesiones en los hombros ha perdido finalmente la prestación después de que la Justicia haya avalado la decisión de la Seguridad Social. El hombre, que había trabajado durante años como jefe de comedor y que mientras tanto también estaba dado de alta como autónomo fotógrafo, vio cómo la Seguridad Social revisaba su caso al considerar que había mejorado físicamente. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha confirmado ahora esa decisión al concluir que las limitaciones que justificaron inicialmente la incapacidad ya no tenían la misma gravedad y podía volver a ponerse le uniforme, tal y como recoge una sentencia a la que ha tenido acceso El Debate.

El hombre trabajaba como jefe de comedor, un puesto exigente dentro del sector hotelero y de restauración: organizaba turnos, coordinaba camareros, supervisaba el servicio, trataba con clientes, etc. Era un trabajo que exigía muchas horas de pie y movimiento.

En 2023, la Seguridad Soicial le reconoció una incapacidad permanente total de forma provisional. Sufría problemas importantes en los hombros —especialmente un pinzamiento y tendinopatías— además de diabetes. Las dolencias le provocaban dolor y limitaciones para desarrollar con normalidad un trabajo tan físico y dinámico como el de la hostelería. Sin embargo, un año después, la Seguridad Social revisó su caso. Los nuevos informes médicos reflejaban una mejoría tras pasar por quirófano y someterse a tratamiento. Según los médicos, había recuperado gran parte de la movilidad y ya no presentaba las trabas físicas que justificaron inicialmente la incapacidad.

El trabajador intentó mantener la prestación alegando que seguía arrastrando problemas graves, especialmente en la rodilla derecha. Defendía que el dolor seguía siendo incompatibles con su profesión habitual. Pero tanto el Juzgado de lo Social como ahora el TSJIB han dado la razón al INSS. La sentencia deja varias conclusiones contundentes sobre la evolución del trabajador.

Los magistrados subrayan que la lesión que motivó inicialmente la incapacidad «ha desaparecido al momento de la revisión», destacando que el afectado había mejorado «tras ser intervenido quirúrgicamente, con una situación positiva, al presentar una movilidad prácticamente completa». El tribunal también rechaza que la lesión de rodilla justificara mantener la prestación y afirma que «no hay datos relevantes de los que inferir efectos limitantes para su profesión». Además, la Sala resta valor a los informes aportados por el trabajador porque se apoyaban en pruebas antiguas. En concreto, señala que la documentación médica utilizada por su defensa «se refiere al análisis de una situación del actor en el año 2021» y que «en nada arrojan información para el momento de la resolución del INSS».

La sentencia incorpora además un detalle curios: en el momento de la revisión médica el hombre ya estaba dado de alta como autónomo y trabajaba como fotógrafo. Aunque el tribunal no utiliza este dato como argumento principal, sí refuerza la idea de que el trabajador podía desarrollar una actividad laboral distinta a la hostelería.

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