Fachada del hospital de Formentera

Fachada del hospital de FormenteraCAIB

Multa a la empresa que dejó 52 veces sin vigilancia a un hospital y culpó al alto precio del alquiler en Ibiza

La mercantil, que se hizo con un contrato de más de 500.000 euros, dejó desatendidos varios centros de salud y el hospital de Formentera durante el verano, alegando que no tenía personal por «fuerza mayor»

¿Puede una empresa incumplir un contrato público porque sus trabajadores no tienen un techo bajo el que dormir en Ibiza? La respuesta de la justicia es no. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha dictaminado que los precios prohibitivos del mercado inmobiliario o la falta de alojamiento para los empleados no son «fuerza mayor» para justificar una falta de servicio, y que es un riesgo empresarial que el contratista debe tener en cuenta a la hora de presentarse a un concurso público y al comprometerse a dar un servicio.

Con este duro reproche, el tribunal ha desestimado el recurso de una mercantil que en el verano de 2022 dejó hasta 52 veces sin servicio de seguridad a varios centros de salud de Ibiza y el hospital de Formentera.

Ante la denuncia del Servicio balear de Salud (IB-Salut), la empresa expuso que la crisis de la vivienda en Ibiza y la falta de personal especializado le impedían cubrir los turnos en los centros de salud por «fuerza mayor».

La empresa no negó los hechos pero alegó que no tenía guardias de seguridad para dar un servicio que había adquirido por un contrato de más de medio millón de euros.

Pero la Sala de lo Contencioso le ha respondido que esa falta de personal es un «problema estructural» de la empresa y no una causa que le exonere de sus contratos.

El tribunal ratifica la multa de 27.000 euros que le impuso el Servicio balear de Salud (Ib-Salut) y que ahora ha terminado por cobrarse a 500 euros por cada ausencia.

El Servicio balear de Salud ya había avisado en junio con una sanción previa de 13.000 euros que la empresa aceptó sin rechistar. Por si fuera poco, la empresa también falló en lo digital y tendrá que pagar 1.000 euros más por el funcionamiento defectuoso de la aplicación informática que debía, precisamente, vigilar al vigilante.

Era responsabilidad de la empresa

La justicia considera que los precios prohibitivos del alquiler o las bajas de la plantilla no son imprevistos. «La recurrente (...) sabía con claridad el personal que precisaba (...) no puede ahora exponer la dificultad de la vivienda como causa justificativa», argumenta

El fallo expone que si la empresa se obligó a vigilar, la falta de una vivienda no puede ser excusa para dejar desatendido un hospital. «La falta de personal en la empresa es una cuestión estructural que depende y es responsabilidad de esa mercantil», recuerda.

El tribunal balear deja claro que las dificultades del mercado inmobiliario ibicenco deben formar parte del cálculo de riesgos de cualquier contratista y no servir de excusa para dejar desatendida la seguridad de la sanidad pública.

Al final, lo que impera es el viejo aforismo: pacta sunt servanda. Lo pactado obliga, incluso allí donde ya no queda sitio para vivir. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas