Dos inmigrantes subsaharianos, en una imagen de archivo
Cárcel para un refugiado maliense que violó en León a una chica en un piso de acogida de una ONG subvencionada
La Justicia desestima el recurso del hombre, que agredió sexualmente a una mujer que lo acompañó a una casa donde vivían otros inmigrantes cuyo testimonio ha sido clave
No se librará de la cárcel. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado íntegramente el recurso presentado por un refugiado maliense que violó a una chica en León contra la condena de diciembre de 2024 impuesta por la Audiencia Provincial, de seis años de cárcel, por un delito de agresión sexual.
El condenado, que también fue sentenciado a pagarle a la víctima una indemnización de 12.000 euros y al pago de las costas procesales, vivía en un piso de acogida de la ONG Accem, que ofrece la asistencia estatal pública a refugiados de manera externalizada.
La sentencia también estipulaba para el condenado, de 32 años, la inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, la prohibición de no acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante un periodo de ocho años, una medida de libertad vigilada durante siete años y la inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad durante 11 años.
«No pasa nada»
Los hechos probados que recoge la sentencia, consultada por El Debate, señalan que el 23 de septiembre, menos de un mes y medio después de concedérsele protección internacional, el inmigrante africano, entonces sin antecedentes penales, coincidió con la víctima en un paso de peatones y, a pesar de que no hablaba prácticamente nada de español, invitó a la joven al piso tutelado donde residían otros extranjeros, a lo que la mujer accedió, simplemente para acompañarle a casa.
Sin embargo, al llegar al portal, el violador le agarró del hombro y ambos entraron el portal. «Ante esta situación, la denunciante entró en un estado visiblemente de nerviosismo y de bloqueo», como consta en el escrito judicial, en el que se relata que el acusado le dijo entonces: «No pasa nada». Pero sí pasó. Ambos subieron a la vivienda y allí, en la habitación donde pernoctaba el maliense, «este cerró la puerta y, de forma repentina e imprevista, empujó violentamente a la denunciante arrojándola en la cama y poniéndose encima de ella ante la oposición de esta».
La mujer, asustada, «comenzó a llorar, diciendo al acusado que se quitara de encima y que no quería hacer nada, intentando separarse moviendo su cuerpo y empujándole, pero este la inmovilizó presionándola con las manos en el pecho para que no pudiera ni separarse ni levantarse, al tiempo que le subió la parte superior de la ropa y el sujetador que llevaba, le bajó las bragas y le abrió las piernas a la fuerza con las manos, pese a la oposición de ella, que intentaba levantarse y apartarse de él».
Los esfuerzos de la víctima fueron inútiles. Como indica el fallo, al no conseguir que se apartara, «intentó cerrar las piernas para evitar ser penetrada, pero el acusado se lo impidió de forma violenta al sujetarla fuertemente con las manos». «Después –prosigue el relato de los hechos–, con la evidente intención de satisfacer sus instintos sexuales y pese a la manifiesta oposición que mostraba la denunciante», el acusado la penetró varias veces, aunque durante poco tiempo, por la oposición de la chica.
«Cuando por fin logró la denunciante zafarse del acusado, se levantó a toda prisa de la cama, se puso la braga y sin colocarse la ropa de vestir que llevaba ( tenía la ropa subida y el sujetador mal puesto ), abandonó la vivienda rápidamente muy nerviosa y llorando afligidamente, saliendo a la vía pública y alejándose del lugar corriendo«, afirma el escrito, que añade que en la exploración realizada por el médico forense en el Hospital de León momentos después de ocurrir los hechos, la víctima presentaba »genitales externos edematosos y eritematosos y también amplias zonas eritematosas en la zona interna de ambos muslos".
«Gritos y forcejeos»
Pese a todo, el condenado defendió en todo momento que lo sucedido fue una relación sexual consentida, si bien el testimonio de sus cuatro compañeros de piso, otros inmigrantes, fue clave para determinar que la víctima decía la verdad. Uno de ellos testificó que al abandonar la habitación donde había estado con el acusado, la denunciante había salido «de forma precipitada, muy nerviosa y tensa, temblando, llorando y con la ropa mal puesta». Otro de ellos precisó que había oído llorar a la mujer y que al salir de la habitación la vio temblando y medio llorando. otro, que la había oído gritar, y el último, que en la habitación de donde salió la chica, en el mencionado piso de acogida de Accem, habían oído «gritos y forcejeos».
Accem, en origen católica y que respondía a las siglas de Asociación Comisión Católica Española de Migraciones, actualmente opera con el nombre propio de Accem y se considera aconfesional y apolítica que ofrece la asistencia pública del Gobierno de forma externalizada, a través, principalmente, de los ingresos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que dirige Pablo Bustinduy. Solo en 2024 manejó un presupuesto de más de 225 millones de euros, de los cuales el 88,16 % tuvo financiación estatal, según su memoria de actividades.