Contrafuego o fuego técnico como herramienta de combate de extinción en las inmediaciones del Arenal (Ávila)
Las duras penas de cárcel a las que se enfrenta ahora el pirómano del incendio del sur de Ávila
Como consecuencia de sus actos, motivados por razones laborales, murió otro trabajador de la extinción de las llamas en un accidente de tráfico
La Guardia Civil informaba este martes de que había detenido a un trabajador de extinción de incendios como supuesto autor del fuego que arrasó unas 2.200 hectáreas en el incendio que se declaró el pasado 28 de julio entre Cuevas del Valle y Mombeltrán, al sur de la provincia de Ávila, y cuya motivación podría haber estado vinculada a «intereses laborales».
El detenido como responsable de un delito de incendio forestal intencionado, que obligó a confinar a los municipios de El Arenal y Mombeltrán –dos veces–, es un vecino de la zona que ha reconocido los hechos, según ha informado el delegado del Gobierno en Castilla y León, Nicanor Sen, en declaraciones remitidas a los medios de comunicación.
Las investigaciones policiales se centraron en un hombre a quien la Guardia Civil identificó el pasado 31 de julio cuando se dirigía a Cuevas del Valle realizando «maniobras evasivas» cuando se percató de la presencia policial. Posteriormente, tras recabar indicios y pruebas periciales suficientes, se le tomó declaración en sede policial, hasta que finalmente confesó haber provocado el fuego.
Estos hechos pueden ser castigados con duras penas de cárcel. Provocar un incendio que comporte peligro para la vida o la integridad física de las personas está castigado en España con penas de entre 10 a 20 años de prisión, más el pago de una multa de doce a veinticuatro meses, según señala el Código Penal y recoge Efe.
Un compañero murió en un accidente
El Código Penal recoge en su artículo 351 las penas de cárcel a imponer para quien incurra en delitos de incendio que pongan en peligro la vida y la integridad de las personas (de 10 a 20 años), y el 352 se centra en incendios forestales y establece esos mismos castigos para quienes «incendiaren montes o masas forestales» poniendo en riesgo la vida de personas.
Como consecuencia del incendio de Ávila, la misma noche en la que se declaró, falleció un trabajador del dispositivo, de 58 años y vecino de El Arenal, al sufrir un accidente cuando se dirigía hacia el operativo en su coche, a la altura de El Hornillo.
Incendio forestal en el término de San Bartolomé de Pinares (Ávila)
De no concurrir peligro en incendios forestales la pena es entre uno y cinco años de cárcel, y multa de 12 a 18 meses. La norma contempla además que si el fuego ha alcanzado «especial gravedad», el castigo asciende a entre tres a seis años de cárcel, y multa de dieciocho a veinticuatro meses.
Y las circunstancias que determinan esa «especial gravedad» son: que el incendio haya afectado a una superficie de considerable importancia; que haya grandes o graves efectos erosivos en los suelos; que altere significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o afecte a algún espacio natural protegido; que cause un grave deterioro o destrucción de los recursos afectados o que el autor actúe por un beneficio económico.
Por su parte, para quien prenda fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio, el Código Penal prevé penas de seis meses a un año. Y más allá de los castigos, la ley contempla que la calificación del suelo en las zonas afectadas por un incendio forestal no pueda modificarse en un plazo de hasta 30 años.