Alfonso Fernández Mañueco, candidato del PP en las elecciones de Castilla y León
Elecciones Castilla y León 2026
¿Cuánto pueden gastar los partidos en campaña?
La Ley 3/1987, de 30 de marzo, de Electoral de Castilla y León establece las obligaciones de cada partido respecto a sus gastos en campaña
Antes de unos comicios, es de lo más habitual ver vallas publicitarias de los partidos por la calle, spots televisivos, anuncios en redes sociales, todo tipo de carteles colgados en farolas, etc. Estos son solo algunos ejemplos de cómo los partidos políticos hacen llegar su campaña a la ciudadanía, pero todo tiene un precio.
Este hecho adquiere importancia una vez arranca la carrera electoral en Castilla y León hasta que concluya el próximo el 15 de marzo. En este sentido, desde el pasado 27 de febrero a las 00:00 horas todos los partidos ya se encuentran en una campaña feroz de cara al gran día marcado en el calendario.
Empleando las maniobras expuestas anteriormente, tanto Alfonso Fernández Mañueco, candidato del Partido Popular y máximo favorito a revalidar la Presidencia, como los otros pretendientes, buscan convencer a los ciudadanos para que les elijan como sus representantes.
Sin embargo, las formaciones políticas no pueden gastar todo el dinero que quieran en hacer llegar su mensaje al público. De esta forma, existen varios límites establecidos por ley para unas elecciones autonómicas en Castilla y León y en la manera en la que la propia Comunidad concede dinero a los partidos.
¿Cuánto pueden gastar los partidos?
La Ley 3/1987, de 30 de marzo, de Electoral de Castilla y León establece en su artículo 45, de Financiación y Gastos electorales, que la Comunidad Autónoma subvencionará los gastos ocasionados a los partidos que hubieran obtenido representantes en las últimas elecciones por su concurrencia en los comicios de la siguiente manera:
- 6010,12 euros por cada escaño obtenido
- 0,24 euros por cada voto conseguido por cada candidatura que hubiera obtenido, al menos, un escaño.
Además, la ley establece que el límite de los gastos electorales de cada partido participante en las elecciones será el que resulte de multiplicar por 0,18 euros el número de habitantes de la población de derecho en la circunscripción donde se presente la candidatura.
De esta forma, se establece que, según el apartado anterior y los últimos datos de población aportados por el Instituto Nacional de Estadística, a 1 de enero de 2025, el límite de los gastos electorales en cada provincia es el siguiente:
- Ávila: 28.932,84 euros
- Burgos 65.279,34 euros
- León: 80.645,4 euros
- Palencia: 28.566,36 euros
- Salamanca: 59.120,28 euros
- Segovia: 28.486,18 euros
- Soria: 16.232,94 euros
- Valladolid: 95.155,92 euros
- Zamora: 29.801,52 euros