La presidenta de Junts, Laura Borràs, durante un juicio
Cataluña
Las prebendas económicas que pueda tener Laura Borràs aunque sea condenada
Este domingo cumple dos años como presidenta y podrá percibir una pensión vitalicia. Aunque haya sentencia condenatoria, cobrará más de 120.000 euros anuales durante cuatro años
Laura Borràs cumple este domingo dos años como presidenta del Parlament. Hace dos años que fue elegida con los votos de ERC y Junts, aunque a finales de julio del año pasado fue suspendida de sus funciones después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) abriera juicio oral contra ella por las presuntas irregularidades cometidas cuando dirigió la Institució de les Lletres Catalanes. El juicio, recordemos, se celebró hace sólo unas semanas.
Hay que tener en cuenta que Borràs, aunque está suspendida, no ha perdido su condición de diputada y ella no ha renunciado a la presidencia de la cámara. Lo cierto, según la ley, es que, si cumple esos dos años al frente del Parlament, tendrá derecho a recibir una pensión vitalicia del 60% de la retribución que recibe como presidenta, a partir de los 65 años, eso sí. Y cuando deje el cargo, también tendrá derecho a cobrar el 80 % del sueldo durante cuatro años. Y Borràs, en tanto que presidenta, tiene un sueldo de unos 150 mil euros.
¿Pero tiene derecho Laura Borras a recibir esa pensión? Ahí está el debate. Está por ver si los meses transcurridos desde que fue suspendida, computan o no. Ella ya no cobra del Parlament, sino que su nómina la abona Junts per Catalunya. Por este motivo, algunas fuentes jurídicas consideran que la interpretación más lógica de la situación es que no computen, y, por lo tanto, no pueda beneficiarse de ese privilegio. Pero desde otros ámbitos también destacan que es una situación nueva, nunca se había llegado a tener que suspender a una presidenta o presidente del Parlament, que, en ningún caso, ha perdido su condición de diputado. Y esa es la clave de todo.
Ese es un debate. Y el otro es si debe cobrar esa pensión vitalicia, si es que finalmente cumpliera los requisitos, aunque sea condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Y no sólo eso. Y es que Borràs tendrá derecho a cobrar 124.456 euros anuales durante cuatro años, hasta 2027, independientemente de que haya sentencia condenatoria, y, por lo tanto, sea cesada. Por este motivo, PSC y los comunes ya están haciendo algunos movimientos para evitar que Laura Borràs pueda disponer de esta prebenda si finalmente la sentencia es condenatoria. Están manteniendo contactos para cambiar la ley.
Contactos para cambiar la ley
Hay que tener en cuenta que tanto los presidentes de la Generalitat (y en algunos casos sus descendientes directos) y del Parlament tienen derecho a pensiones vitalicias y retribuciones temporales cuando dejan el cargo. Los expresidentes del Govern, además, tienen derecho a una oficina (el coste para la Generalitat por este concepto es de 1,6 millones de euros). La pensión vitalicia ya se contemplaba en una ley de 1988, pero en otra de 2003 sobre el estatuto de los presidentes, se amplió el porcentaje al 60 % y se incluyó una disposición adicional para equiparar la pensión de los expresidentes del Parlament a la de los expresidentes de la Generalitat.
Como decíamos, PSC y comunes ya han empezado algunos movimientos. La portavoz del PSC, Elia Tortolero, decía que los socialistas «trabajarán para erradicar los privilegios que generen incomprensión entre la ciudadanía», como es el caso de ese 80 % del sueldo durante cuatro años. Y añadía: «Borràs abre el melón, pero no es su caso concreto, sino para todas las personas que trabajen (en el Parlament)». También el portavoz de los comunes, Joan Mena, decía que desde su grupo parlamentaria estaban estudiando «qué propuestas se pueden aprobar» para evitar que la presidenta suspendida pueda recibir una indemnización una vez ya no ejerza el cargo. Para Mena, esta situación sería «intolerable».