El expresidente catalán Quim Torra, en una imagen de archivo
Ley de Amnistía
El Tribunal Constitucional da vía libre para amnistiar a Quim Torra
También da luz verde a la amnistía de los exdiputados Pau Juvillà, de la CUP, y Bernat Solé, de ERC
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado las tres cuestiones planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) relativas a las causas por desobediencia contra el expresidente de la Generalitat Quim Torra y los exdiputados del Parlament Pau Juvillà (CUP) y Bernat Solé (ERC), dejando así vía libre para que se les aplique la Ley de Amnistía.
El TSJC llevó el caso de estas tres condenas por desobediencia al TC al considerar que amnistiarlos conllevaría «consecuencias equivalentes al olvido penal», lo que podría vulnerar varios derechos fundamentales, entre ellos la igualdad. Respecto a este último, el tribunal señala en un comunicado que el artículo 1.1 de la Ley de Amnistía fue declarado inconstitucional, sin nulidad, en una sentencia del TC, por lo que las tres cuestiones ya habían perdido su finalidad.
El TC invoca la doctrina fijada por sí mismo en dos sentencias: una que resolvió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados y más de 50 senadores del PP en el Congreso y en el Senado, y otra que resolvió la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Las condenas
Cabe recordar que Torra fue condenado a un año y medio de inhabilitación y a pagar 30.000 euros de multa por negarse a retirar una pancarta en favor de los «presos políticos» y los «exiliados» –en argot, los prófugos de la justicia, como Carles Puigdemont, Toni Comín o Marta Rovira– de la fachada del Palau de la Generalitat.
En el caso de Solé, el Tribunal Supremo confirmó la condena de un año de inhabilitación y una multa de 16.800 euros por un delito de desobediencia por incumplir, cuando era alcalde de Agramunt (Lérida) y diputado del Parlament, la providencia del Tribunal Constitucional que suspendía el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.
Juvillà fue condenado a 6 meses de inhabilitación por no retirar lazos amarillos del Ayuntamiento de Lérida cuando era concejal durante la campaña de las elecciones generales de 2019, tras ser requerido varias veces a hacerlo por la Junta Electoral Central (JEC).
Tres altos cargos de ERC
Se trata de una sentencia paralela a otra, también hecha pública este jueves, en el que el TC rechaza otras tres cuestiones de inconstitucionalidad elevadas por el TSJC, en este caso referentes a tres altos cargos de la Generalitat pertenecientes a ERC durante los meses previos al referéndum ilegal de 2017. El pleno del TC ordena al TSJC que rectifique la negativa a aplicarles la ley y se les amnistíe.
En concreto, son Josep Maria Jové –hoy diputado en el Parlament y era la mano derecha de Oriol Junqueras en 2017 como secretario general de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda–, Lluís Salvadó –entonces secretario de Hacienda de la Generalitat, o ‘número tres’ de Junqueras, y hoy presidente del Puerto de Barcelona– y la exconsejera de Cultura Natàlia Garriga, que entonces era directora general de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral del Departamento de Trabajo.
El TSJC consideraba que la Ley de Amnistía vulnera varios artículos de la Constitución y la normativa europea, pero el TC se ha remitido a su propia doctrina y señala que ya resolvió que la medida de gracia no vulnera derechos. La amnistía a Jové, Salvadó y Garriga, no obstante, tendrá que esperar a que se pronuncie el TJUE, ya que el tribunal catalán también planteó unas preguntas prejudiciales al europeo.