Manuel Escribano en una foto de archivo

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Cataluña

Collboni no readmite al cocinero despedido por el catalán: «Prefieren pagar con el dinero de todos»

El Ayuntamiento opta por la indemnización, y Manuel Escribano asegura que su caso «no iba de idiomas, iba de dignidad»

El Ayuntamiento de Barcelona ha optado por abonar la indemnización fijada por la justicia en lugar de readmitir al cocinero despedido por no acreditar el nivel de catalán exigido, tras la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que declaró improcedente su despido.

El caso afecta a Manuel Escribano, cocinero municipal con cerca de dos décadas de trayectoria en el consistorio, cuyo despido en 2024 fue anulado judicialmente al considerar que suspender una prueba lingüística no podía constituir por sí solo causa suficiente de extinción laboral en su caso.

La sentencia obligaba al consistorio a elegir entre su reincorporación en las mismas condiciones laborales o el pago de una indemnización cercana a los 59.000 euros. Y por esto último ha optado el consistorio.

Escribano ha lamentado la decisión y ha reivindicado su trayectoria profesional dentro del consistorio. «El Ayuntamiento de Barcelona ha preferido pagar con el dinero de todos los barceloneses antes que readmitir a un trabajador que dio su vida por esta casa durante casi dos décadas», ha señalado.

El ex trabajador municipal ha insistido en que la cuestión trascendía el debate lingüístico y se centraba en el reconocimiento profesional y personal. «Mi caso no iba de idiomas, iba de dignidad. La justicia me ha dado la razón: no era apto para un examen de lengua, pero fui más que apto para alimentar a cuatro alcaldes distintos sin una sola queja». Por todo ello, deja claro que «me voy con la cabeza alta, algo que no todos en el consistorio pueden decir hoy».

Una trayectoria de casi dos décadas en el consistorio

Escribano, natural de Pedroche (Córdoba), trabajó como cocinero para el Ayuntamiento desde 2007 y consolidó su plaza como personal laboral fijo en 2014, tras años de renovaciones contractuales.

El conflicto se originó a raíz de un proceso de estabilización de su plaza iniciado en 2022, que exigía acreditar un nivel B2 de catalán para consolidar el puesto. Tras suspender la prueba lingüística, el trabajador fue despedido en enero de 2024, pese a que su puesto no implicaba atención directa al público.

El TSJC consideró que la Ley de estabilización del empleo público no crea nuevas causas de despido y cuestionó que un suspenso en un proceso selectivo pueda traducirse automáticamente en la extinción del contrato, especialmente cuando la plaza no fue ocupada por otro aspirante ni amortizada.

Además, el tribunal apuntó que la exigencia lingüística podría suponer, en todo caso, una posible discriminación indirecta, aunque no una vulneración directa de derechos fundamentales.

Debate sobre los requisitos lingüísticos

El caso ha reabierto el debate sobre la proporcionalidad de los requisitos lingüísticos en determinados puestos de la administración pública, especialmente en aquellos que no implican atención directa a la ciudadanía.

La sentencia subraya que la aplicación de estos requisitos debe respetar los principios de proporcionalidad y seguridad jurídica, evitando que se conviertan en un mecanismo automático de expulsión laboral de trabajadores con larga trayectoria en la administración.

El fallo judicial se suma a otras resoluciones recientes que examinan el uso de criterios lingüísticos en el acceso y mantenimiento del empleo público.

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