Tribunales
La justicia catalana vuelve a anular la ‘tasa Amazon’ del Ayuntamiento de Barcelona
El TSJC considera que, más que una tasa, se trata de un «auténtico impuesto»
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha vuelto a anular la llamada «tasa Amazon» aprobada por el Ayuntamiento de Barcelona, en respuesta a un recurso presentado por la Autoridad Catalana de la Competencia (ACC) en diciembre de 2023. La tasa grava a las empresas de reparto a domicilio como la citada Amazon para hacerlas corresponsables de las externalidades que genera su actividad.
Se trata de la segunda sentencia del TSJC que anula esta tasa municipal, después de que en julio aceptara el recurso presentado por la Organización Empresarial de Logística y Transporte de España UNO, entidad que veía en el tributo una discriminación «sin una base sólida».
La ACC alegaba en su recurso que la tasa infringe los principios de seguridad jurídica y buena regulación, supone una doble imposición y vulnera el principio de legalidad y libertad de empresa. El Ayuntamiento rechazó la demanda tras defender «el interés público al que responde la aprobación de la Ordenanza fiscal», por el uso intensivo del dominio público que llevan a cabo los operadores postales por el desarrollo del comercio electrónico.
En la sentencia, el TSJC considera que la tasa municipal no es tal, sino que «constituye un auténtico 'impuesto' que grava los rendimientos obtenidos por actividades de empresarios privados de manera virtualmente idéntica a los impuestos que gravan la adquisición de renta por actividades, expresiva de capacidad económica», indica el tribunal, incidiendo en que el Ayuntamiento prevé no aplicarla a los operadores que facturen menos de un millón de euros, “en forma similar a lo previsto en el Impuesto sobre Actividades Económicas", añade la sentencia.
El fallo no es firme
El fallo alude a una «injusticia» que deriva de la sujeción a las tasas tradicionales del comercio tradicional, y en su no aplicación al comercio electrónico, una finalidad indica que se aviene más con el establecimiento de un impuesto que con el valor de mercado de la utilidad derivada de la utilización. La sentencia, que no es firme, cuenta con el voto particular de una magistrada contrario a la anulación de la tasa.