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La consulta de un médico, en una imagen de archivo

Cataluña

La Generalitat multa con 3.000 euros a un centro hospitalario por negarse a atender a un paciente en catalán

Una sanción de 3.006 euros por vulnerar los derechos lingüísticos de una paciente derivada tras una crisis suicida

La Conselleria de Salut de la Generalitat ha impuesto una sanción de 3.006 euros al Hospital de Día CPB de Barcelona por discriminar a una paciente que pidió ser atendida íntegramente en catalán tras sufrir una crisis suicida, al obligarla a aceptar el tratamiento en castellano y negarse a derivarla a otro recurso asistencial. La denuncia fue impulsada por la entidad Plataforma per la Llengua, que ha hecho público el caso, y recogida por La Vanguardia, medio del que procede la información original. Los hechos se remontan a febrero de 2024, afectan a un dispositivo de salud mental del pasaje Còrsega, gestionado por la Fundación CPB, y han acabado con una sanción administrativa y una reclamación de responsabilidad patrimonial por parte de la afectada.

El caso: una paciente tras una crisis suicida

Según la versión difundida por Plataforma per la Llengua y confirmada por la Conselleria, la paciente fue derivada en febrero de 2024 al Hospital de Día del pasaje Còrsega para valorar su ingreso en un programa específico de atención tras una crisis suicida. Ya en el primer contacto expresó su deseo de que las sesiones individuales se realizaran íntegramente en catalán, algo que en un inicio no fue rechazado.

Sin embargo, en la primera sesión, el enfermero que la atendió se dirigió a ella en castellano y le manifestó que «no se sentía cómodo hablando catalán». Posteriormente, el 1 de marzo, la médica responsable le comunicó que «no podía obligar a ningún profesional» a utilizar el catalán y le pidió que renunciara a su opción lingüística, llegando a comparar su insistencia en ser atendida en catalán con conductas como el consumo de drogas o la autolesión.

Negativa a cambiar de centro y reproches por grabar

De acuerdo con el relato de la entidad lingüística, la negativa se consolidó la semana siguiente, cuando la psiquiatra le aseguró que no se trataba de un «chantaje», sino de un «baño de realidad», y le reiteró que no recibiría el tratamiento en catalán. Se le indicó además que, si no estaba conforme, podía presentar una reclamación, y que no sería derivada a ningún otro centro alternativo.

En el informe de alta del dispositivo, según denuncia Plataforma per la Llengua, se llegó a consignar literalmente que «la paciente toma la decisión de no iniciar tratamiento en nuestro centro», afirmación que la entidad considera falsa y lesiva para la afectada. La mujer pidió a la fundación que investigara lo sucedido y que la remitiera a otro recurso que la misma entidad gestiona en Barcelona, pero la fundación negó los hechos, lo que llevó a la paciente a acudir a Plataforma per la Llengua y a una segunda reclamación formal ante la administración sanitaria.

Finalmente, la paciente fue redirigida al otro centro, pero la plataforma denuncia que el director médico y otra facultativa la reprendieron por haber grabado las conversaciones, lo que añade tensión a un contexto especialmente delicado al tratarse de una usuaria en situación de vulnerabilidad psicológica.

La sanción de Salut y los próximos pasos legales

Como consecuencia de la reclamación presentada por Plataforma per la Llengua, la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitaria decidió sancionar a la Fundación CPB con 3.006 euros por «discriminación y denegación del tratamiento». La entidad gestora abonó la multa, pero trató de recurrirla sin éxito alegando que no se habían valorado adecuadamente todos los hechos ni los perjuicios ocasionados, y que la respuesta administrativa había sido insuficiente.

La paciente, asesorada jurídicamente por la plataforma, ha dado ahora un paso más y reclama que el Servei Català de la Salut reconozca la responsabilidad patrimonial derivada del funcionamiento del servicio público sanitario, que considera directa, y la indemnice con 30.000 euros. Paralelamente, ha solicitado la intervención del Col·legi de Metges de Barcelona para depurar posibles responsabilidades profesionales en el ámbito deontológico.

Debate de fondo: derechos lingüísticos y atención sanitaria

El caso reabre el debate sobre el equilibrio entre los derechos lingüísticos reconocidos por la normativa catalana y el deber de garantizar una atención sanitaria adecuada, especialmente en el ámbito de la salud mental, donde la confianza y la comprensión plena entre médico y paciente resultan esenciales. Aunque la sanción es de cuantía limitada, el procedimiento y la reclamación de responsabilidad patrimonial pueden sentar un precedente en la interpretación de la obligación de los centros concertados de garantizar la atención en catalán cuando el paciente así lo solicita.

En un contexto político marcado por el uso identitario de la lengua, la situación descrita —una paciente en situación de extrema fragilidad emocional que ve condicionada su atención por su opción lingüística— añade un elemento de preocupación sobre el trato que reciben los ciudadanos en servicios esenciales sufragados con fondos públicos. La reclamación en curso ante el Servei Català de la Salut y la posible actuación del colegio profesional permitirán aclarar hasta dónde llega la responsabilidad de la administración y de los gestores sanitarios en la protección efectiva de estos derechos.

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