
Campa de vehículos afectados por la dana.
Nueva ayuda de la Generalitat Valenciana para vehículos afectados por la dana: requisitos y cómo pedirla
Los solicitantes podrían percibir hasta 15.000 euros
El pleno del Gobierno valenciano ha aprobado un decreto para la concesión directa de nuevas ayudas urgentes por un importe global de 36 millones de euros para personas físicas y determinadas jurídicas que hayan sufrido la destrucción de determinados vehículos como consecuencia directa de la dana.
Se amplía la tipología de vehículos auxiliables incorporando autobuses, camiones de más de 3.500 kilos, tractores, furgones y furgonetas, caravanas y autocaravanas, remolques o tractores agrícolas, entre otros. Se pretende dar cobertura a vehículos que quedaron fuera del primer decreto de ayudas de la Generalitat que contemplaba la concesión de 250 millones.
La cuantía de la ayuda asciende, en función de la categoría del vehículo siniestrado, a 250 euros para ciclomotores, 750 euros para motocicletas y 2.000 euros para turismos. Las ayudas para furgones podrán ser de un mínimo de 2.000 a un máximo de 5.000 euros, mientras en el caso de los camiones irá de 2.000 euros a 9.000 y en el de las autocaravanas oscilará entre 5.000 y 7.500 dependiendo del tonelaje. Se destinarán 5.000 euros por tractor agrícola y hasta 15.000 euros para autobuses, entre otras categorías.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas, las sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, así como las personas jurídicas (a excepción de las administraciones públicas) que sean titulares de vehículos asegurados y siniestrados como consecuencia directa de la dana y que hayan causado baja en la Dirección General de Tráfico (DGT).Requisitos
Los beneficiarios de las ayudas deberán figurar como titulares en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico a fecha 29 de octubre de 2024 de un vehículo matriculado en España que se encuentre asegurado, que no haya sido transmitido con posterioridad a esta fecha, que se declare siniestrado como consecuencia directa de las inundaciones y que se encuentre encuadrado en algunas de las categorías de vehículos indicadas en este decreto.
También deberán haber iniciado, antes del 31 de diciembre de 2024, una reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, a la aseguradora del vehículo siniestrado. Esta circunstancia se acreditará, inicialmente, mediante la consignación en la solicitud de la ayuda del número de expediente asignado al siniestro por el Consorcio o, en su defecto, por la entidad aseguradora del vehículo.
El vehículo deberá haber causado baja en la DGT con motivo de los daños ocasionados por la dana. Para la concesión inicial de las ayudas será suficiente con que se justifique la baja temporal del vehículo en la DGT y se manifieste el compromiso de tramitar la baja definitiva del vehículo en cuanto sea posible, en todo caso antes del 31 de diciembre de 2025.
Solo se podrá presentar una solicitud por cada vehículo siniestrado, por lo que los interesados deberán realizar una independiente por cada vehículo de su propiedad que haya resultado siniestrado.
Forma de presentación
Las solicitudes se podrán presentar desde el próximo 16 de junio hasta el 31 de julio. Con la finalidad de tramitar estas ayudas «con la máxima celeridad», las personas físicas podrán presentar las solicitudes preferentemente de manera telemática o en las oficinas PROP de asistencia y atención ciudadana y en las oficinas de asistencia en materia de registro de la Agencia Tributaria Valenciana. Las personas jurídicas solo podrán presentar las solicitudes telemáticamente.
Se habilita un servicio para resolver dudas y consultas en el teléfono 96 099 03 90 o en el correo electrónico 'ajudavehiclesdana@gva.es'. Toda la información estará disponible en las webs de la Agencia Tributaria Valenciana y de las ayudas de la Generalitat.