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La Justicia valenciana reconoce a una celadora que los días de vacaciones retribuidas y no disfrutadas le cuenten para trienios

El fallo judicial avala que el tiempo compensado económicamente compute como servicio efectivo, lo que abre la puerta a nuevos reconocimientos para el personal temporal de Sanidad

La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios, FSS CCOO PV, ha ganado una demanda que reconoce a una trabajadora de la Conselleria de Sanidad que las vacaciones retribuidas y no disfrutadas cuando era personal temporal le cuenten como servicios prestados a efectos de trienios y complementos de carrera y desarrollo profesional.

Una celadora del Departamento de Salud de La Fe tuvo diferentes contratos cortos cuando era personal temporal de sanidad y en cada periodo, las vacaciones se le pagaban pero no las disfrutaba «como es habitual», según señala el sindicato en un comunicado.

Este tiempo alcanzó unos 21 días, que ahora, gracias a la sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo número 8 de Valencia se le reconocen como tiempo prestado a efectos de trienios y también, para el cobro de los complementos de carrera y desarrollo profesional.

Al respecto, CCOO ha criticado que la Conselleria de Sanidad «discrimina de facto al personal que realiza nombramientos de corta duración, ya que, además de impedir el disfrute de vacaciones junto con su correspondiente compensación económica, sustituye dicho derecho con tiempo efectivo de trabajo».

Asimismo, la sentencia impone las costas a la Administración y se le ordena tanto el recálculo como el abono de la antigüedad y de los complementos citados con los efectos económicos y administrativos correspondientes, incluyendo el pago de los intereses. Contra la resolución judicial cabe recurso pero este sindicato considera que la misma «subraya con contundencia que la diferencia de trato, entre personal temporal y fijo, en el cómputo de las vacaciones retribuidas y no disfrutadas, es discriminatoria».

Por ello, CCOO ha destacado que esta sentencia «no solo sienta un precedente significativo para la trabajadora afectada, sino que marca un hito crucial para todo el personal temporal de la Conselleria». «En definitiva, la victoria judicial de la FSS CCOO PV es una rotunda afirmación de la igualdad de derechos, asegurando que el tiempo de servicio del personal interino sea valorado de forma justa y completa, con las repercusiones económicas y profesionales en el reconocimiento de trienios y complementos de carrera y desarrollo que ello conlleva», ha apostillado.

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