Imagen de archivo del presidente de la Generalitat Valenciana, Juanfran Pérez Llorca

Imagen de archivo del presidente de la Generalitat Valenciana, Juanfran Pérez LlorcaEuropa Press

Antifraude archiva la investigación sobre la adjudicación de una plaza en la Diputación de Valencia a la pareja de Pérez Llorca

La Agencia descarta indicios de irregularidad en la comisión de servicios al acreditarse la idoneidad y los requisitos legales de la candidata

La Agencia Valenciana Antifraude ha ordenado el archivo de la investigación abierta contra la Diputación de Valencia por presuntas irregularidades en la adjudicación temporal de un puesto de secretaria de dirección a la pareja del presidente de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca.

La resolución dictamina que no existen «indicios razonables de veracidad» sobre un presunto trato de favor en este nombramiento, formalizado mediante la fórmula de comisión de servicios.

El dictamen concluye que el procedimiento cumplió con la legalidad en sus trámites esenciales. Antifraude avala el informe de idoneidad redactado por el superior jerárquico y recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo exime a las comisiones de servicios -por su naturaleza provisional- de aplicar los estrictos baremos y valoraciones comparativas propias de los concursos de méritos.

La investigación acredita que la pareja de Pérez Llorca cumplía el requisito indispensable de pertenecer al subgrupo C1 como funcionaria de carrera (motivo por el que fue excluido otro aspirante) y demostró ser la candidata «con mayor experiencia» en funciones de secretaría de dirección entre las cinco personas presentadas. Asimismo, se constata que la convocatoria fue pública, ofertándose en la web provincial el 28 de enero de 2026.

Dudas sobre la justificación de urgencia

Pese al aval legal del nombramiento, el organismo fiscalizador emite reservas sobre la justificación de necesidad «urgente e inaplazable» esgrimida por la corporación. La Agencia considera «difícilmente conciliable» con la urgencia el lapso de seis meses transcurrido entre la creación de la plaza (23 de julio de 2025) y su convocatoria para cobertura temporal (27 de enero de 2026).

Respecto a que el proceso se acelerara dos meses después de la toma de posesión del jefe del Consell, Antifraude subraya que esta coincidencia temporal «no constituye, por sí sola, indicio de irregularidad ni vicia la legalidad del procedimiento».

No obstante, advierte que esa coincidencia ni resuelve ni despeja la duda sobre la motivación real de acudir a esta figura excepcional en lugar de a un sistema ordinario desde el principio.

Pérdida sobrevenida de objeto

El cierre jurídico del expediente se ampara en la «pérdida sobrevenida de objeto» (artículo 84.2 de la Ley 39/2015). La corporación provincial ofertó la plaza para su provisión definitiva el pasado 5 de marzo de 2026. La pareja del político alicantino decidió no participar en dicha convocatoria, devolviendo el puesto a los cauces ordinarios y reglados, lo que vacía de contenido la continuidad de las pesquisas. El caso solo se reabriría si se aportaran pruebas inéditas.

Esta resolución avala la postura mantenida por Juanfran Pérez Llorca cuando estalló la polémica. El jefe del Ejecutivo autonómico solicitó entonces respetar los tiempos de Antifraude y evitar sentencias paralelas antes de que finalizaran las investigaciones. «Que se investigue, que se resuelva y luego sacamos las conclusiones», aseveró en su momento.

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