Imagen de archivo de un marmolista trabajando

Imagen de archivo de un marmolista trabajandoUnsplash

Un marmolista con múltiples patologías gana a la Seguridad Social y consigue una pensión de 698 euros al mes

El organismo público consideraba que las lesiones no alcanzaban para otorgarle la incapacidad permanente total pero la Justicia ha acabado dándole la razón al trabajador

Si un proceso judicial ya es por sí mismo tedioso, cuando un ciudadano particular se enfrenta en los tribunales a la Administración General del Estado el camino se convierte prácticamente en una eternidad y un gran esfuerzo económico y mental. Sin embargo, cuando el final es satisfactorio, la victoria sabe mucho mejor.

Si no, que le pregunten al trabajador alicantino que ha visto cómo los jueces le han reconocido por fin una pensión por incapacidad permanente total para realizar sus labores. El hombre es un marmolista que comenzó con una incapacidad temporal a finales de 2019, pero que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) posteriormente, ya en 2021, le denegó permanente. Para adoptar esta decisión, el organismo público alegó que las lesiones que tenía no eran suficientes para alcanzar dicho grado.

En concreto, el empleado padecía diversas patologías, tales como cervicalgias y dorsalgias, discopatía degenerativa cervical, radiculopatía crónica C7 bilateral, síndrome del túnel carpiano bilateral, escoliosis dorsal, ansiedad reactiva y dolor que requería tratamiento en una unidad especializada y opioides. A todo ello se le sumaba dolor cervical, irradiación hacia escápulas y brazos y hormigueo en la mano derecha.

Sentencia del TSJCV

En un primer momento, el Juzgado de lo Social número 2 de Alicante falló a favor del marmolista, reconociéndole la incapacidad permanente total y otorgándole el derecho a cobrar una pensión de 698,42 euros mensuales. En ese contexto, el INSS recurrió la decisión.

Esto únicamente sirvió para alargar el proceso, ya que en una sentencia con fecha 27 de mayo de este mismo año del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) a la que ha tenido acceso El Debate, los magistrados dan la razón al trabajador. Para argumentar su postura, sostienen que la profesión de marmolista requiere acarreo de pesos elevados, bipedestación continuada, manipulación reiterada, utilización de herramientas como pulidoras y radiales, cuyas vibraciones pueden agravar el daño nervioso, posturas forzadas de la columna cervical y dorsolumbar, así como esfuerzos continuados de las extremidades superiores.

Todas esas limitaciones físicas, añaden, resultan incompatibles con las tareas que llevaba a cabo el demandante, por lo que desestima el recurso del INSS y al hombre le mantiene la calificación de incapacidad permanente total y el cobro de los mencionados 698,42 euros al mes con efecto retroactivo a septiembre de 2021.

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